El Concello de Moaña impuso una separación de cien metros a centros de enseñanza y sanitarios
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia rechazó la pretensión de Telefónica Móviles y Vodafone de anular la práctica totalidad de la ordenanza de antenas de telefonía aprobada por el Concello de Moaña en 2005, si bien aceptó algunos de los argumentos de ambas operadoras en cuanto a la distancia de protección impuesta, así como la obligación de concertar un seguro de responsabilidad específico para las instalaciones en el municipio.
La sentencia sobre el contencioso planteado por Vodafone anula un apartado del artículo 35 de la ordenanza, que establece la posibilidad de ordenar el cambio de ubicación de una instalación de telefonía por razones de interés público sin ningún tipo de indemnización. Rechaza, sin embargo, las demás peticiones de la empresa.
El Concello, según indica el juez, no sólo tiene derecho a regular la actividad, sino también a exigir, antes de otorgar licencia para colocar una antena, que la operadora presente un plan de implantación, es decir, un informe de las instalaciones que ya tiene colocadas y las previsiones futuras.
También otorga la razón al Concello en su exigencia de que las compañías aporten la autorización de la comunidad de propietarios cuando soliciten permiso para colocar una antena en un edificio, así como la conveniencia de que compartan las distintas operadoras la misma instalación.
El fallo sobre el contencioso presentado por Telefónica Móviles significa un revés para las pretensiones del Concello moañés, ya que anula los artículos que establecen las distancias de protección. La ordenanza obliga a separar una antena a 100 metros de colegios y centros sanitarios y a 10 metros de las viviendas. Los magistrados consideran que el Concello no puede imponer estas restricciones ya que no se contemplan en la normativa estatal.
El concejal de Medio Ambiente, Daniel Rodas compara los intereses del Concello y los de las operadoras como la lucha de «David contra Goliat». Anuncia la intención del gobierno local de recurrir la sentencia.
Sanciones
La instalación más polémica es la que existe en As Barxas, que comparten varias operadoras. No contaba con licencia de actividad. Las operadoras cuestionaban también el derecho del Concello a exigirla, pero el Tribunal Superior entiende que sí lo tiene.
En la actualidad, la solicitud está en trámite. Rodas dice que se verá si es o no legalizable. Entretanto, el Concello impuso dos sanciones de mil euros a cada una de las compañías que comparten esta instalación.
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