La Xunta proyecta agrupar los juzgados de paz del sur de la provincia en seis oficinas

La Voz E. V. P. | VIGO

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09 oct 2006 . Actualizado a las 07:00 h.

?l Proxecto de Decreto de Agrupación de Secretarías de Xulgados de Paz, elaborado por la consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza contempla la agrupación de estos servicios de los concellos de cerca de 7.000 habitantes del sur de Provincia en seis oficinas judiciales. Dichas oficinas serían Mondariz, A Cañiza, Salvaterra do Miño, Tomiño, A Guarda y Fornelos de Montes. La agrupación de Mondariz comprendería al juzgado de paz de dicho municipio y a los de O Covelo y Mondariz-Balneario. La oficina de A Cañiza, incluiría los juzgados de paz de Arbo y Crecente. La de Salvaterra, el de As Neves. La de Tomiño incluye a O Rosal. La de A Guarda, a Oia. Y la de Fornelos de Montes, atiende también a Pazos de Borbén y Soutomaior. Registro Civil Según el juez de Paz de Crecente y A Cañiza, Román Iglesias, cada Concello seguirá teniendo su juez de paz, su secretaría y su Registro Civil. «Para ello, la Xunta no regateará esfuerzos y ayudas», comenta. En contrapartida, la Administración le pedirá colaboración a cada ayuntamiento. Este advierte que el que no colabore y acondicione un local digno, con las condiciones indispensables y de seguridad, podría correr el riesgo de ver como los libros del Registro Civil, «que son una parte muy importante de la historia del pueblo», son trasladados a la cabecera de zona. «Después veremos como el alcalde explica a sus paisanos el motivo de su traslado», afirma Iglesias. La Xunta se basa en una normativa que contempla la agrupación de las secretarías de los juzgados de paz servidas por funcionarios de Justicia y, por otro, al régimen a la agrupación de secretarías atendidas por personas idóneas nombradas por los ayuntamientos. Una modificación legal del 2003 establece que podrá existir una sola oficina judicial para varios juzgados de paz y se establece como centro de destino de los funcionarios de los cuerpos generales al servicio de la Administración de Judicial aquel municipio de más de 7.000 habitantes.