La Justicia valenciana suspende Ciudadanía con traducción al inglés

La Voz / Agencias

SOCIEDAD

El fallo da la puntilla a la iniciativa del Gobierno de Camps, tras las protestas de docentes, padres y alumnos

17 ene 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha suspendido cautelarmente la obligación de que el profesor de inglés imparta Educación para la Ciudadanía (EpC) junto con el titular de la asignatura, así como la necesidad de que ambos coordinen la programación de la materia. En un auto hecho público ayer por CC.?OO., el TSJCV estima parte del recurso interpuesto por este sindicato contra la resolución de la Consejería de Educación del pasado 1 de septiembre en la que se establecen las instrucciones para impartir Ciudadanía.

El tribunal considera que los únicos apartados que pueden suponer un perjuicio para los profesores, «únicos perjuicios que pueden ser considerados por la Sala al ser un sindicato el que recurre», son el 2 y el 3, que establecen la presencia de dos profesores en el aula y la necesidad de que coordinen conjuntamente la asignatura.

Según el TSJCV, ambos apartados «pueden causar perjuicios irreparables para el profesor titular de la materia, pues se le priva, aun cuando sea parcialmente, de sus competencias esenciales referidas a la programación didáctica de la asignatura de la que es titular».

No obstante, se mantiene la competencia del profesor titular para evaluar los contenidos de la asignatura, así como la posibilidad de que esta se imparta en inglés, cuestión que de momento está sometida a la moratoria presentada por el Consell a la orden que regula la enseñanza de EpC y que obligaba a impartirla en esta lengua.

El tribunal entiende que el tiempo dedicado a impartir los conocimientos «se ve mermado sensiblemente por la necesidad de su traducción», lo que también obstaculiza «la participación del alumnado en la adquisición de conocimientos», y eso, añade, redunda en perjuicio del profesor, ya que no podrá impartir toda la materia.

Asimismo, señala que la exigencia de coordinación entre el profesor titular de la asignatura y el de inglés «se refiere a aspectos capitales de la programación didáctica que corresponden al titular de la asignatura y, por este procedimiento, se le sustraen», lo que le impide «decidir con autonomía».

Afirma que se debe preservar «el interés general ínsito en la docencia de que no se merme la capacidad didáctica de los profesores de una asignatura propia del sistema educativo» y señala que el «carácter irreparable» de los posibles perjuicios «aconseja la suspensión de los apartados 2 y 3 de la citada resolución».

Contra este auto cabe recurso de súplica, que deberá imponerse en el plazo de cinco días desde su notificación.

CC.?OO.-PV ha solicitado una reunión urgente con la Consejería de Educación para analizar el alcance de este auto y su correcta ejecución, ya que, a su juicio, esta decisión judicial implica que «no hay amparo legal para que en un aula de cualquier centro haya dos profesores impartiendo EpC». Según explica el sindicato en un comunicado, también «queda invalidado todo el proceso administrativo que están llevando a cabo los inspectores para recabar información sobre la forma en que cada profesor está impartiendo la asignatura».