Primeras complicaciones por el retraso de los estatutos

La Voz

LUGO CIUDAD

17 ago 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

El retraso en la entradas en vigor de los nuevos estatutos de la Universidade trajo las primeras complicaciones en la primera reunión del Consello de Goberno. El acta de la sesión refleja un rifirrafe entre varios componentes del órgano de gobierno de la Universidade de Santiago con respecto a la validez, o no, del nombramiento de los vicerrectores como miembros del Consello.

No en vano, la modificación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU) establecía un plazo máximo de adaptación de la regulación de las universidades de tres años, plazo que expiró el pasado mes de abril. Entre las adaptaciones, debía modificarse el artículo 80 de los estatutos, que establece la composición del Consello de Goberno. Hasta ahora, estaba formado por el rector, el secretario xeral, el gerente y cincuenta miembros de la comunidad universitaria, incluyendo 15 dseginados por el rector. La modificación de la LOU establece que los vicerrectores formarán parte del Consello de Goberno como un sector diferente al de los 50 miembros de la comunidad universitaria.

Según los argumentos de algunos de los presentes, los actuales vicerrectores corresponderían a ese cupo de 15 miembros que establecen los actuales estatutos, por lo que el Consello podría estar mal constituído, ya que el rector no los habría nombrado conforme a la norma aún vigente.

La respuesta no se hizo esperar. Juan Casares Long anticipó que el orden del día establecía la adaptación de la composición del Consello a la modificación de la LOU, mientras que otro de los presentes aludía a que era necesario convocar conforme a los estatutos mientras no se modifiquen de manera puntual y que una constitución errónea del nuevo Consello podría debilitar sus decisiones.

El debate se mantuvo durante algún tiempo e incluso se llegó a leer el artículo de la modificación de la LOU que establece que los vicerrectores son miembros natos del Consello de Goberno. Finalmente, y al no acercase posiciones, optaron por abordar el punto cuatro, la modificación de los estatutos de manera transitoria.

Disposición transitoria

Tras haberse paralizado la aprobación de unos nuevos estatutos en el Claustro de la USC, se hace necesario iniciar un nuevo proceso desde cero, creando una comisión estatutaria que debata el texto, para después ser llevado de nuevo al claustro para su aprobación. La expiración del plazo dado por el Gobierno central obliga al gobierno de la Universidade a aprobar un régimen transitorio que adapte la composición del Consello a la normativa estatal.

Finalmente, quedó aprobada una modificación del artículo 80 de los actuales estatutos, que establece que serán miembros del Consello de Goberno el rector, el secretario xeral y el gerente, así como los vicerrectores, tres miembros del Consello Social y un total de 40 miembros de la comunidad universitaria. De esos cuarenta, 25 serán representantes del Claustro, elegidos por el sector correspondiente entre sus miembros y con representación de los campus de Santiago y Lugo, más otros 15 representantes de los decanos y directores escuelas, departamentos e institutos universitarios. La disposición quedará derogada cuando entren en vigor los nuevos estatutos.