Aduce un error en la valoración de las pruebas que llevaron a exculpar a las dos personas acusadas
Un error en la valoración de las pruebas ha sido el único motivo expuesto por la Fiscalía en la apelación que presentó para recurrir la sentencia que absuelve de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente a los dos acusados del vertido de purín que, hace dos años, causó la mortandad de varios miles de truchas en el río Catasol, en Melide.
El representante del Ministerio Fiscal considera que el fallo judicial, dictado por el juzgado de lo Penal número 4 de A Coruña, incurre en la equivocación de no haber valorado como prueba documental el informe emitido por el Laboratorio de Medio Ambiente de Galicia, que determinó la existencia, en el cauce fluvial, de una concentración de oxígeno disuelta muy inferior a la exigida para garantizar la vida de la fauna acuícola.
El citado documento «no fue impugnado ni en los escritos de defensa ni el acto del juicio por los letrados de ninguno de los acusados», argumenta, en el recurso de apelación, la Fiscalía para rebatir la sentencia, que resultó absolutoria al no aceptarse como prueba el informe. El fallo judicial así lo consideró por el hecho de que sus autores no comparecieron en el juicio oral para ratificarlo.
Desde el Ministerio Fiscal rechazan esa observación apoyándose en las declaraciones prestadas en el juicio oral por los agentes del Servicio de Conservación de la Naturaleza que participaron en la recogida de las truchas muestras y que tomaron las muestras de agua entregadas para su análisis en el Laboratorio de Medio Ambiente de Galicia.
El recurso de apelación recoge, al respecto, que el informe «sí fue debidamente ratificado en el acto del juicio respondiendo los agentes, a preguntas de esta parte, que tuvieron posteriormente conocimiento del resultado del análisis, según el cual la concentración de oxígeno era inferior al normal que permite la vida de los peces».
Con esa argumentación, la Fiscalía no solo solicita que se admita a trámite y que se estime el recurso, sino que también que se revoque la sentencia dictando, en su lugar, otra condenatoria en los términos solicitados en el escrito de acusación. Eso significaría la imposición, a cada acusado, de la pena de prisión de un año, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Asimismo, según la petición del Ministerio Fiscal, se les impondría la pena de multa de 10 meses con cuota diaria de 12 euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago e inhabilitación específica para profesión u oficio durante dos años. Además, en el escrito de acusación y en concepto de responsabilidad penal, se solicitó la indemnización conjunta a la Consellería de Medio Ambiente en la cantidad de 22.608 euros.
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