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Medio Ambiente autoriza la papelera de Brandía pese a la oposición vecinal

La Xunta impone a los gestores de la factoría de Vidán controles semestrales de sonoridad y medidas paliativas

Autor:
M. Cheda / X. Rodríguez
Fecha de publicación:

Tras 16 meses de tramitación, el jueves pasado la Xunta resolvió conceder a los gestores de la papelera de Brandía un acta denominada autorización ambiental integrada. Se trata de una especie de licencia de operaciones que viene a adaptar la situación de dichas instalaciones, inauguradas en 1968, a una directiva europea de 1996 traspuesta al ordenamiento jurídico español a través de la Ley 16/2002. Decidió otorgarles el documento gracias a informes favorables de seis organismos, entre ellos el Concello de Santiago, y a pesar de la oposición de los vecinos, quienes llegaron a plantear alegaciones en tiempo y forma contra la regularización del recinto.

El visado de plácet, firmado por un alto cargo de la Consellería de Medio Ambiente con fecha del 18 de abril, cifra en media década su propia vigencia. Además, impone el cumplimiento de ciertos requisitos para no dar por concluida prematuramente la duración del permiso. Por ejemplo, establece que dentro de la planta, ubicada junto al complejo residencial de Vidán, en la carretera de Noia, «non se poderán transmitir niveis de ruído nin vibracións tal que produzan valores de recepción superiores aos establecidos na ordenanza municipal».

En idéntica línea, la Administración obliga a los responsables del negocio a habilitar «os elementos precisos» para minimizar los sonidos emitidos por ocho componentes de la fábrica: portalón de acceso, depuradora de aguas, caldera de vapor, estación de gas... También los insta a presentar ante la Xunta, dentro de a lo sumo tres meses, un estudio sobre «presión sonora existente no perímetro da instalación, en horario diurno e nocturno». «Efectuaranse controis de ruído -concluye el escrito- con periodicidade semestral. [...] Adoptaranse, no seu caso, as medidas oportunas para cumprir os valores límite». Las mediciones habrá de realizarlas una institución homologada externa.

En su resolución, la consellería advierte, ya en términos genéricos, que la no sujeción de la empresa a estas y otras condiciones conllevará, previa moratoria para efectuar enmiendas, la paralización «da actividade causante da anomalía». «No caso de que implicara un risco inminente e grave para a saúde das persoas ou para o equilibrio dos sistemas naturais, suspenderase inmediatamente», apostilla.

La autorización, asimismo, prescribe acciones paliativas y preventivas de otras clases, sobre todo, en materia de aguas.

 

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