El Supremo ratifica la prisión para la pareja que se beneficiaba de un burdel de Cotobade

Alfredo López Penide
López Penide COTOBADE/LA VOZ.

PONTEVEDRA

17 jun 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

El Tribunal Supremo ha confirmado penas impuestas en su día a Rogelio Silva Coello, un vecino de Campo Lameiro, y a su pareja sentimental, la lituana Irina Dudzinska, a los que vincula el club Parquesol de San Xurxo de Sacos, en Cotobade. De este modo, ratifica los dos años de cárcel y 3.600 euros por un delito relativo a la prostitución impuestos a ambos acusados, si bien en el caso de Irina la condena se incrementa con otros cuatro años por favorecer la inmigración ilegal, delito del que fue absuelto el pontevedrés.

Para el alto tribunal español no cabe la menor duda de que los procesados «explotaban la prostitución ajena abusando de la situación de necesidad y especial vulnerabilidad en que se encontraba la testigo protegido, lucrándose con ello».

De hecho, en su día, la Audiencia Provincial dio credibilidad al relato que esta mujer de origen paraguayo realizó durante el juicio. Ante el juez pontevedrés narró que Irina le pagó un billete de avión desde su país de origen y que su intención era la de trabajar como limpiadora en una cafetería.

Estaba todo previsto y para no despertar sospechas, el viaje hasta Barcelona fue una sucesión de escalar por países latinoamericanos y europeos. Una vez en la ciudad condal se subió a un autobús con el que llegó a Pontevedra, siendo recogida en la estación por Rogelio Silva.

Deuda de 3.200 euros

Fue al llegar al club de San Xurxo cuando, supuestamente, se enteró del objetivo real de su viaje y del trasfondo del mismo: «Había contraído una deuda de 3.200 euros, la cual tenía que abonar mediante el ejercicio de la prostitución» y que nunca pudo llegar a satisfacer.

De este modo, «lejos de su país, sin familia, sin dinero, indocumentada se vio compelida a ejercer», según añade el Supremo, el oficio más antiguo del mundo.

Seis meses después de la resolución de la Audiencia, el tribunal madrileño acaba de confirmarla en todos sus extremos.

Así, en cuanto a los cuatro años por favorecer la inmigración ilegal, el Supremo recoge la afirmación del órgano provincial de que «quien facilita un billete de ida y vuelta -o aporta el dinero para que un tercero lo adquiera- a extranjeros que carecen de permiso de residencia y de trabajo en España para poder entrar en nuestro país como turistas cuando no lo eran y se les pone a trabajar, nada menos, que en la prostitución, comete dicho delito».