Cuando alguien pregunta adónde acudir ante la existencia de una controversia con un tercero, no hay otra solución que indicarle el camino de la justicia establecida. Se trata de un servicio público indispensable, pero ese servicio no siempre se presta con los resultados que de él cabría esperar.
La situación de la justicia no deja de empeorar . La opinión pública es cada día más crítica, y a pesar de las reformas procesales que se han ido poniendo en práctica, los retrasos se acumulan. La justicia oficial se preocupa fundamentalmente de que las leyes se apliquen (principio de legalidad), olvidando, en no pocas ocasiones, que su misión fundamental es resolver conflictos.
Hay personas que entran en los juzgados con una problemática pongamos de 5 en un baremo de 1 a 10, y salen con una de 7. Por eso es necesario echarle imaginación y provocar cambios constructivos. Entre ellos destaca la técnica de la mediación extrajudicial. Para entenderlo echamos manos de un caso real.
En una tribu indígena de 400 habitantes, una noche dos hombres se emborracharon y uno de ellos golpeó al otro, causándole la muerte. Los miembros de la tribu, después de valorar diversos castigos, pero pensando y oyendo al protagonista y teniendo en cuenta las circunstancias del caso -estar ebrio y la falta de voluntad de matar-, lo condenaron a que cultivase las tierras del fallecido y entregase sus frutos a su familia hasta que sus hijos alcanzasen la mayoría de edad. Con esa sentencia, al condenado aún le quedaba tiempo para atender sus propias tierras, y con ello daba de comer a su familia. Se había así llegado a un acuerdo aceptable para todos.
Poco después llegó a la tribu un inspector del Estado que viajaba oficialmente. Alguien, es probable que con buena voluntad, le contó lo sucedido. Al inspector no le gustó lo más mínimo. La justicia es una competencia exclusiva del poder estatal y la decisión indígena no tenía valor alguno. Puso el caso en conocimiento de los tribunales y al homicida se le juzgó. La sentencia fue severa y se le condenó a siete años de cárcel que empezó a cumplir.
Poco después, el inspector volvió ufano por la tribu, pero fue recibido con indignación. La viuda y los hijos del fallecido le hicieron saber que, además de perder a un marido y padre, ahora se morían de hambre. También le señalaron que la familia y los amigos del homicida los atosigaban y culpaban de lo que estaba sucediendo. Asimismo, lo visitaron la mujer y los hijos del homicida para decirle que ellos no tenían la culpa de lo hecho por su marido y padre, pero que ahora no tenían para comer al estar este en prisión.
Hasta aquí el caso. Se trata de dos formas bien diferentes de entender la justicia: la oficial, que obedece a las leyes y en no pocas ocasiones se olvida de la solución del conflicto. Y la respuesta de los ciudadanos indígenas, que es una mediación entre las partes y sus intereses y tiene como objetivo primordial resolver el conflicto.
La Directiva del Parlamento Europeo sobre mediación obliga a España a desarrollarla en materia civil y mercantil antes de mayo del 2011, y no es que sea la panacea para la justicia, pero puede sin duda representar un paso muy importante para la solución de los conflictos. A lo que hemos llegado aplicando el principio de legalidad ya lo sabemos; ahora toca ponerle un poco de imaginación.
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