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José Manuel Otero Lastres : Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Alcalá de Henares El concurso de Martinsa-Fadesa

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El Derecho Concursal está integrado por normas cuya finalidad es resolver la situación de crisis económica de aquellos deudores que no pueden pagar sus deudas. Dos son las principales causas por las que puede llegarse a esta situación. La primera surge cuando el pasivo del deudor es superior a su activo; es la llamada «insolvencia por insuficiencia» y en ella el deudor no puede cumplir porque no tiene bienes suficientes. La segunda se origina cuando siendo el activo del deudor superior a su pasivo, el patrimonio carece de la liquidez suficiente para atender sus obligaciones de pago al vencimiento; es la denominada «insolvencia por iliquidez».

En las situaciones de insolvencia por iliquidez, las normas concursales hacen posible que el deudor reorganice su patrimonio con el fin de ir haciéndose con medios de pago suficientes para cumplir sus obligaciones. En estos casos, es el propio deudor el que insta el concurso (por eso se llama voluntario), lo cual le va a permitir, entre otras cosas, conservar la gestión de su patrimonio, pero ahora con la necesaria intervención fiscalizadora de los administradores concursales nombrados por el juez. Lo característico de los concursos debidos a insolvencia por iliquidez es que, en lugar de acabar en una liquidación del activo y su posterior reparto entre los acreedores, desembocan en un convenio, en virtud del cual el deudor, con la indispensable ayuda de los acreedores, reorganiza su activo con arreglo a un plan convenido con estos, que va a hacer posible que satisfaga sus deudas, bien en su integridad, bien en su mayor parte.

La crisis de Martinsa-Fadesa es de insolvencia por iliquidez del activo. Según las últimas valoraciones, su activo patrimonial asciende a 10.800 millones de euros, frente a un pasivo de 5.100 millones de euros. Con estos datos, si los acreedores financieros y Martinsa-Fadesa hacen uso de una dosis adecuada de sensatez (de la que careció el ICO), la crisis de esta compañía puede resolverse de manera inmediata.

Si los acreedores financieros se comprometen a cubrir la parte de la financiación comprometida por el ICO (150 millones de euros) y hacen posible que Martinsa-Fadesa se haga con una financiación suplementaria de 300 millones de euros, la viabilidad de la empresa parece indiscutible.

Por eso, con ser grave, la crisis de Martinsa-Fadesa puede tener una rápida y adecuada solución negociando un nuevo pacto en la línea indicada entre la empresa y las entidades financiadoras. Si se lograra, la economía española no solo daría muestras de una gran madurez y solvencia, sino que se evitarían los inmensos e inevitables perjuicios que pueden producirse, como el retraso en la entrega de los inmuebles a sus compradores, la dotación de provisiones bancarias por parte de los acreedores financieros, el retraso en el pago a los proveedores y los despidos masivos de trabajadores con bajas indemnizaciones.

 

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José Manuel Otero Lastres El concurso de Martinsa-Fadesa

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