El Tribunal Superior impide montar un club de fumadores en la sala de juegos de un bingo

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

La asociación carecía de un acceso desde la calle y dejaba paso libre a personas, humo y bebidas

01 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La sala primera de lo contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha denegado la autorización a la empresa Impulsora Turística Alpaman SA para montar un espacio para un club de fumadores cerca de la sala de juegos de un bingo situado en la calle Urzaiz, en O Calvario. El alto tribunal confirma así las resoluciones de la secretaría xeral técnica de la Consellería de Presidencia en el 2015 y otra anterior de la dirección xeral de Emerxencia e Interior que denegaron la habilitación de dicho espacio.

El bingo de Vigo estaba inscrito desde el 2011 como una de las sedes de la Asociación Club de Fumadores en Juego de Madrid y la empresa le comunicó en el 2013 a la subdirección general del juego y espectáculos de la Consellería de Presidencia que había destinado un espacio de la sala de juegos para instalar un club de fumadores. Iba a modificar levemente la configuración de la sala de juegos para abrir la delegación autorizada de este club privado. A este tipo de entidades no le es aplicable la normativa siempre que los beneficiarios sean exclusivamente los socios. Su plan era colocar mamparas separadoras y fácilmente desmontables para garantizar la estanqueidad respecto al resto del recinto. Su finalidad era instalar allí una delegación del club.

La empresa recalcó que la instalación de clubes de fumadores en salas de bingo no está prohibida pero la Xunta replicó que la idea podría entrar en conflicto con la normativa sanitaria. Para comprobarlo, unos inspectores examinaron los planos y concluyeron que no cumplía las condiciones sanitarias exigidas por la Consellería de Sanidade a los establecimientos abiertos al público. Por ello, denegaron el permiso.

Sin estanqueidad

El jefe de servicio de prevención de conductas adictivas justificó su oposición al club porque estas asociaciones privadas no pueden estar situadas dentro de establecimientos donde esté prohibido fumar. Otra razón fue que el bingo y el club son entidades distintas. Finalmente, tampoco quedaba garantizada la estanqueidad de ambos locales pues el inspector vio factible que se filtrase el humo ambiental del tabaco del club a la sala de juegos. Además, era evidente que las personas, alimentos, bebidas y otros bienes de consumo podrían circular libremente entre ambas estancias.

El TSXG examinó los planos del bingo y llegó a la conclusión de que había una intercomunicación para acceder del club y el local de juegos, de forma que la asociación de fumadores no tenía un acceso directo e independiente desde la calle ni salida a ella, por lo que el recinto estaba cerrado.

La empresa se quejó de que la Xunta debería de haberle dado la oportunidad de subsanar las deficiencias que encontró pero el Tribunal Superior replica que la habilitación de ese club era una «actividad prohibida» y «no susceptible de legalización».

El tribunal recalca que la empresa comunicó a la Xunta su intención de abrir el club pero, en realidad, debía haber pedido una autorización porque lo que pretendía era una modificación «sustancial» del habitáculo.