El PSOE de Tui denuncia que se oculta información sobre la calidad del agua

TUI

Está está desaconsejado beberla por su turbidez desde el jueves pero las últimas analíticas públicas del Sistema de Información Nacional son de noviembre

15 feb 2015 . Actualizado a las 19:03 h.

El PSOE de Tui, a través de su portavoz, Enrique Cabaleiro, denuncia presuntas negligencias en la gestión del agua potable y falta de información al ciudadano.

El edil dice que hace quince días que se notaba que «el agua tenía un color extraño incluso algunos añadían que tenía un cierto olor». Sin embargo, añade, no fue hasta el jueves cuando las autoridades competentes reconocieron a través de un comunicado de prensa, que el agua que consumíamos los tudenses incumplía con los baremos máximos de turbidez, al sobrepasar los 5 NTU (Unidades Nefelométricas de turbidez).Enrique Cabaleiro recuerda que, según el El Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, el agua para ser considerada potable no puede exceder a la salida de la ETAP y en depósito 1 NTU, y en la red de distribución 5 NTU. «Por tanto, al exceder dichos valores, el agua deja de ser apta para el consumo humano. Valores que además están en concordancia con los exigidos por la Organización Mundial para la Salud, siendo el valor ideal por debajo de 1 NTU», sostiene el edil.

Cabaleiro indica que en el mismo Decreto se establece que los municipios son los responsables de asegurar que el agua suministrada a través de cualquier red de distribución, cisterna o depósito móvil en su ámbito territorial sea apta para el consumo en el punto de entrega al consumidor. Cuando la captación o la conducción o el tratamiento o la distribución o el autocontrol del agua de consumo lo realice un gestor o gestores distintos del municipio, éste velará por el cumplimiento de este Real Decreto por parte de los mismos, dice la Ley. Por tanto, insiste el concejal, «es clara la responsabilidad del Concello en estos hechos, junto con la empresa gestora».

Los socialistas critican también la falta de transparencia en la gestión de la información a los ciudadanos. En este sentido, Cabaleiro afirma que el Ministerio de Sanidad y Consumo establece un sistema de información relativo a las zonas de abastecimiento y control de la calidad del agua de consumo humano denominado Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC).La utilización y suministro de datos en soporte informático al SINAC es obligatorio para todas las partes implicadas en el suministro de agua de consumo humano contempladas en esta disposición. Sin embargo, destaca, «si entramos en la página del SINAC en Internet y consultamos la información sobre los datos del abastecimiento de Tui dentro del Consorcio del Louro, los últimos que aparecen registrados son los del mes de noviembre, apareciendo como apta».

Por todas estas razones y ante la gravedad de los hechos, «ya que entendemos que se atenta contra la salud del ciudadano, al ocultar que se está suministrando agua no apta para el consumo humano, sin además definir con claridad cuáles son las sustancias que contiene el agua para situar los valores de turbidez por encima del máximo admitido», el PSOE avanza que no sólo pedirá explicaciones al Concello de Tui, sino que exigirá que asuma sus responsabilidades ante el ciudadano junto con la empresa gestora del servicio.

Los socialistas reclaman que la información sea transparente y por lo tanto que se suban a la red a la página del SINAC las analíticas realizadas durante los meses de diciembre del 2014 y enero de 2015 hasta hoy, para iudadanos puedan consultarlas.

Solicitaremos además, avanzan, que «debido al alto coste que en estos momentos soportan los tudenses en su recibo del agua, desde que pasamos al Consorcio del Louro y este a su vez decidió privatizar la gestión, y por el negligente servicio prestado», se contemple una indemnización a los usuarios en el recibo del agua que abarque todo el período en que el agua no era apta para el consumo, mediante abono o descuento de la cuantía correspondiente al consumo mínimo diario por el número de miembros que conforma cada unidad familiar afectada.