Condenan a Povisa a pagar 518.000 euros por las secuelas de un paciente

E.V.PITa VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

El demandante sufrió daños cerebrales por complicaciones tras una operación

15 oct 2014 . Actualizado a las 05:00 h.

La Sección Sexta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado al Hospital Povisa a indemnizar a un paciente, a su esposa y a sus dos hijos con un total de 518.545 euros por las graves secuelas que sufrió el demandante tras una operación de neurocirugía. La Audiencia estima parcialmente el recurso del perjudicado, que reclamaba 685.000 euros por daños y perjuicios, y revoca una sentencia que dictó el juzgado de primera instancia número 7 de Vigo en el 2012 en la que absolvía al hospital.

Los hechos se remontan al 3 de agosto del 2006 cuando el paciente sintió dolor en el omoplato izquierdo que se irradiaba a la parte superior del brazo derecho. Los expertos le aconsejaron someterse a una intervención quirúrgica de discectomía y fijación con Syncage. El enfermo firmó un papel dando el consentimiento informado. En la valoración preanestésica, recalca el tribunal, «ya se hizo constar la posibilidad de intubación difícil, por lo que los médicos, al ser conocedores de ese dato, deberían haber extremado la prudencia por si resultaba precisa efectuar una reintubación».

La operación comenzó el día 31 por la tarde y duró dos horas y media. Luego, fue llevado al cuadro de recuperación posanestésica aunque sufría dolor e hipertensión, por lo que lo trataron con fármacos. Al retirarle el collarín, los médicos vieron una inflamación en el cuello con desviación de la tráquea. En una segunda operación, cuatro anestesistas no lograron intubar al paciente y le hicieron una traqueotomía seguida de la colocación de un abocath y de una ventilación jet que le provocó un neumotórax, el cual le causó una parada cardíaca, aunque el cirujano general lo reanimó. El paciente sufrió un daño cerebral y estuvo ingresado en la uvi hasta el 17 de octubre. El 31 de enero del 2007 fue trasladado al centro de neurorehabilitación Instituto Guttam de Badalona para ser tratado de «graves» secuelas: tetraparesia espástica-atáxica, afectación de funciones cognitivas, síndrome mioclónico-postanóxico y disartria severa. Fue dado de alta el 27 de noviembre.

A causa de la hipoxia sufrida, el paciente sufrió secuelas crónicas de una encefalopatía postanáxica de carácter permanente e irreversible, lo que le obliga a desplazarse en silla de ruedas y a ser dependiente de terceras personas para todas las actividades de la vida diaria. Obtuvo la declaración de incapacidad absoluta.

La Audiencia sostiene que hubo un «daño desproporcionado» entre el eventual riesgo inicial de la intervención quirúrgica a la que iba a ser sometido el paciente y las consecuencias finalmente producidas. Ve una «falta de diligencia precisa» por los profesionales del hospital, tanto en la demora en adoptar las medidas para solucionar el problema respiratorio que se planteó, tras apreciar la existencia de los primeros síntomas que señalaban la existencia de dichos problemas respiratorios en el paciente. Y reprocha la «ineficiente» actuación posterior llevada en quirófano y que desencadenó la parada cardiorrespiratoria, que finalmente pudo ser resuelta pero con graves secuelas para el paciente. Por ello, la Audiencia declara responsable civil a Povisa.

El tribunal explica que los médicos iniciaron la ventilación jet a alta presión sin que existiese flujo de aire hacia fuera y se produjeron picos de tensión que dieron lugar al neumotórax que provocó la hipoxia y la parada. Recalca que hubo una «demora» en asegurar la vía aérea, tras apreciarse la existencia de la tráquea desplazada y un hematoma en la zona quirúrgica. Eso fue lo que provocó el agravamiento por asfixia que se desarrolló de forma paulatina, como lo prueba que al salir de la operación ventilase bien.

El fallo de la Audiencia recalca que hubo una demora médica en el hospital