La Justicia tumba la tarifa del agua impuesta por Caballero a O Porriño

Luis Carlos Llera Llorente
luis carlos llera VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

O Porriño recibe el suministro de agua de la presa de Eiras a través de la empresa Aqualia.
O Porriño recibe el suministro de agua de la presa de Eiras a través de la empresa Aqualia. óscar vázquez< / span>

El juez dice que el Concello vigués no puede cobrar por la conexión a Eiras

18 sep 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El Concello de Vigo cobraba 28.402 euros cada dos meses a O Porriño por el uso del embalse de Eiras y de la tubería que lleva el agua hasta los porriñeses. Este precio se basa en un acuerdo unilateral de un pleno vigués del año 1998. O Porriño pagó algunas facturas hasta que el actual alcalde decidió recurrir. Ahora, la Justicia dice que esa tarifa fue aprobada unilateralmente por Vigo y que no se puede imponer a otro concello sin que haya un convenio entre ambos.

La sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Vigo señala que «la liquidación aprobada por el Concello de Vigo carece de cualquier amparo legal». La factura que da pie a la sentencia fue elaborada por la concejala delegada de Economía y Hacienda de Vigo, Raquel Díaz y notificada a O Porriño con fecha del 4 de enero del año 2013. El concepto del albarán es «agua en alta» por lo que la liquidación es «errónea», según la sentencia ya que la factura debería aludir en todo caso a gastos de recuperación de la inversión, de vigilancia y de mantenimiento de la red.

El alcalde de O Porriño, Nelson Santos, recurrió el albarán y avisó al equipo de Abel Caballero de que se abstuviese de enviar nuevas facturas. Como el Concello de Vigo no aceptó el recurso, el asunto acabó en el juzgado contencioso administrativo, que ha dado al razón al Ayuntamiento porriñés procediendo a anular el decreto firmado por el alcalde Abel Caballero por el que se aprobaba la liquidación al Concello de O Porriño de la citada cantidad.

El asunto arranca de un acuerdo plenario de la praza do Rei del 27 de enero del año 1998. En esa fecha los concejales vigueses deciden por su cuenta y riesgo imponer unas tarifas de pago a O Porriño por el uso y disfrute de la presa de abastecimiento de agua de Eiras. Sin embargo el Concello porriñés arguye que la declaración del pleno de Vigo exigiendo dinero por compartir las instalaciones se hizo «al margen de cualquier título» que les obligue».

Para girar los 28.402 euros por dos meses a los porriñeses el Concello vigués apeló a la justicia material pero el fallo del juzgado considera este un argumento «insuficiente».

Precios unilaterales

Así, de modo unilateral los corporativos vigueses impusieron a O Porriño el 27 de enero de 1998 el pago de 7,20 pesetas por metro cuadrado cada dos meses en concepto de recuperación de la inversión por la construcción de Eiras (que fue financiada en su mayor parte por el Estado pero también en un 37,5 % por el Concello de Vigo). Los ediles también decidieron ese día que los porriñeses debían pagar a Vigo 3.817.409 pesetas cada dos meses por la vigilancia que prestaban los funcionarios de la policía y de medio ambiente. Finalmente había otro tercer concepto aprobado: por mantenimiento y conservación del canal que lleva el agua desde Eiras hasta O Porriño.

El Ayuntamiento porriñés «niega que diera su conformidad y consentimiento al acuerdo de 27 de enero del año 1998 del Concello de Vigo», dice el fallo judicial. Primero fue la empresa concesionaria del suministro del agua la que empezó a cobrar el dinero y luego fue directamente el Ayuntamiento vigués el que decidió practicar las liquidaciones. Algunas se pagaron, hasta que Nelson Santos se hartó y pleiteó.

Ahora la sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Vigo pone de relieve que los precios fijados por la administración de Caballero son unilaterales, ya que el acuerdo del pleno del año 98 «no equivale a un convenio entre ambas administraciones que sería la única fuente posible de exigencia de cantidades de una corporación local a otra».

En este sentido la ley es clara, un ayuntamiento no es superior a otro para imponerle sus condiciones. La sentencia subraya que «las relaciones entre administraciones son incompatibles con las ideas de jerarquía sometimiento o subordinación y se rigen por los principios de cooperación y colaboración».

Además, los gastos de mantenimiento de la red de abastecimiento deberían consensuarse, por lo que resulta «nula» la liquidación unilateral. El canal de suministro es muy largo y O Porriño solo utiliza un pequeño tramo. El sentencia enfatiza que «ninguna norma, ni los títulos concesionales, ni los proyectos aprobados que autorizan la utilización de las infraestructuras ni ninguna otra resolución contemplan la obligación de las cantidades que se le exigen al Concello de O Porriño».

El juzgado señala este concello estaba dispuesto a participar en los gastos por el coste de la infraestructura y que un funcionario realizó una estimación, pero «dicha valoración no fue utilizada como punto de partida para una negociación».

7,20 ptas.

Precio del agua

Por metro cúbico y facturables cada dos meses

3.817.409

Vigilancia

Cantidad bimestral en pesetas por vigilar el embalse

3.297.500

Mantenimiento

Precio en pesetas por mantener el canal de suministro