Tropezar con un tacón en la calle no es culpa del Concello

E.V.PITa VIGO / LA VOZ

VIGO

El juez desestima la demanda de una viandante que metió el zapato en una rejilla de una calle humanizada del Casco Vello

30 jul 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El Concello ha salido airoso de una demanda que interpuso una ciudadana que metió su tacón entre dos rejillas de una calle humanizada del Casco Vello y se rompió el tobillo. El juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Vigo desestimó la demanda porque, entre otras razones, el Ayuntamiento no tiene obligación de conservar perfectas todas las calles de Vigo.

La demandante narró que, a las 00.30 horas del 23 de septiembre del 2012, sufrió un accidente cuando caminaba por una zona peatonalizada del Casco Vello, cerca del cruce de Joaquín Yañez, Oliva y Gamboa. Al llegar a la altura del número 16-18 de la primera calle, donde hubo obras de humanización, introdujo el tacón de un zapato en un hueco entre dos rejillas que existen a nivel para la recogida de aguas pluviales. El tacón quedó aprisionado y su dueña se torció el tobillo y cayó al suelo. Más tarde, el médico le detectó una fractura de tobillo. Invirtió 73 días en curar las lesiones y tuvo que cerrar provisionalmente su negocio, lo que le impidió ganar 2.661 euros.

La contusionada demandó al Concello, a Civis Global y a Aqualia FCC porque su caída fue en una zona de conservación en buen estado, lo que compete a la Administración local. Además, las obras de humanización fueron ejecutadas por Civis Global SL en el 2009 y tenían garantía hasta diciembre del 2014. El mantenimiento de la rejilla atañe a la concesionaria del servicio de saneamiento y abastecimiento de agua. La reclamación fue desestimada en diciembre del 2013.

En su sentencia, el juez rechaza la demanda por varios motivos. En primer lugar, sostiene que una caída derivada de un tropiezo en un obstáculo de «dimensiones insignificantes» supone un daño que no entraña un comportamiento irregular por parte de la Administración. Entiende que el daño lo debe soportar el ciudadano desde el mismo momento en que participa del servicio público de aceras y calzadas, «No puede pretender que la totalidad de las aceras y calzadas de un casco urbano cualquiera se encuentren absolutamente perfectas en su estado de conservación y rasante, hasta extremos insoportables», dice el juez.

Añade que la reclamante conocía las condiciones que presentaba la calzada en ese punto porque regentaba un negocio a escasos metros. El juez da por supuesto que la accidentaba estaba habituada a transitar esa zona y a sortear esa rejilla, pues era paso obligado para depositar la basura.

Aunque el accidente ocurrió de noche, la zona estaba suficientemente iluminada y la rejilla era perceptible a varios metros.

Tampoco consta que la oquedad de la rejilla, una espacio para permitir la dilatación, tuviese defectos de colocación ni anomalías por falta de conservación. De ninguna manera era un elemento «sorpresivo» para la viandante, quien reconoce que tiende a sufrir caídas en la vía pública.