Novagalicia Banco rechaza la vía de la conciliación judicial para proceder a la devolución de lo invertido por sus clientes en participaciones preferentes por su «obligación legal» de defenderse, ya que de lo contrario incurriría en un delito de allanamiento.
Esta aclaración se produce después de que Novagalicia Banco no se aviniera hoy a la reclamación, vía acto de conciliación en los Juzgados de Cangas, de anulación de contratos de participaciones preferentes y de devolución íntegra de lo invertido por parte de 40 clientes de la zona del Morrazo.
Las fuentes de la entidad gallega recalcan que solo puede proceder a la devolución de las preferentes que fueron «mal comercializadas» cuando haya una sentencia judicial que así lo confirme y cuando el caso sea «muy claro».
En este sentido, puntualizan que no recurrió la sentencia de un Juzgado de Cambados que la condenaba a devolver 7.500 euros a un cliente porque entonces no había recibido el plácet del Banco de España y de Bruselas, pero que a partir de ahora recurrirá hasta las últimas instancias en los casos en los que crea que «tiene razón».
El otro supuesto en el que Novagalicia Banco procederá a la devolución nominal íntegra de lo invertido menos el diferencial de intereses correspondientes a un depósito y un producto de riesgo, como son las preferentes, es cuando haya un laudo arbitral.
Por el momento, se han recibido 2.200 reclamaciones de arbitraje por parte de clientes de Novagalicia Banco y se ha procedido a atender las primeras 300, a expensas de que los clientes acepten la propuesta que les hace la entidad para someterse al dictamen del árbitro.
Las fuentes de la entidad reiteran que, en los casos en que los clientes opten por la justicia ordinaria -por el momento se han presentado 13 demandas-, Novagalicia tiene «la obligación» de defenderse y recurrir las sentencias en las que considera que el producto fue «bien comercializado».