¿Qué significa la Ley Concursal?

VIGO

Los magistrados Bernardo Pinazo y Juan José Cobo desgranan los entresijos de una norma que nació para salvar sociedades e inciden que el consejo mantendrá el control del Celta

10 jun 2008 . Actualizado a las 12:41 h.

La posibilidad de que el Celta se acoja a la Ley Concursal ha sembrado la duda y el desconcierto en buena parte del celtismo debido especialmente al desconocimiento que general la ley, que de entrada causa rechazo al ser la heredera de la antigua suspensión de pagos. La norma, como confirmaron los magistrados Bernardo Pinazo y Juan José Cobo consultados por La Voz trata de reflotar sociedades en crisis, sin que en el caso deportivo signifique asumir las funciones del consejo de administración ni marcar la política de fichajes, aunque este apartado estará sujeto a la disponibilidad económica y al plan de viabilidad, que debe ser cumplido de un modo escrupuloso.

1¿Qué es la Ley concursal?

Según Juan José Cobo Plana, el juez de lo mercantil que llevó el proceso en la Unión Deportiva Las Palmas, se trata de «una norma prevista en sociedades que están en una situación patrimonial muy comprometida que no pueden atender de manera ordinaria sus pagos y esta ley establece una serie de medidas para llegar a un acuerdo con los acreedores para disminuir una parte de la deuda y aplazarla. Tiene la posibilidad de cancelar embargos, paralizar ejecuciones hipotecarias y una serie de remedios para que una sociedad sin viabilidad pueda tener tiempo suficiente para negociar con los acreedores la forma de pagar esa deuda». En términos coloquiales significa dar viabilidad a una sociedad o empresa que se encuentre en causa de disolución como es el caso del Celta. La ley articula todos los mecanismos para el plan de viabilidad.

2¿Qué significa para un club de fútbol acogerse a esta ley?

«Lo fundamental es que cuando solicitas el concurso de acreedores y es admitido por el juzgado de lo mercantil ya no se puede llevar a cabo ningún pago de las deudas anteriores hasta que se apruebe el convenio de acreedores. En el caso de los clubes de fútbol no se podrían pagar las deudas de los jugadores y no por lo tanto no cabría la posibilidad de denunciar impago a la AFE», indicó Cobo Plana. Bernardo Pinazo, puntualizó que «los clubes pueden seguir operando exactamente igual, como si no existiera».

3¿Quién se puede acoger al procedimiento?

Cualquier acreedor y el propio deudor -según especifica la ley- siempre que demuestre «el sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor», la existencias de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor y el incumplimiento generalizado de obligaciones de pago tributarias exigibles anteriores a la solicitud, el impago de las cuotas de la Seguridad Social, el pago de los salarios, indemnizaciones y demás retribuciones derivadas de las relaciones de trabajo. Todos estos apartados de los últimos tres meses.

4¿Qué debe presentar el club para solicitar el concurso?

En el escrito debe constar en primer lugar si el estado de insolvencia es actual o se prevé inminente, aportar además la siguiente documentación: Poder especial para solicitar el concurso, memoria explicativa de la historia económica y jurídica del deudor, un inventario de bienes y derechos. Se indicarán también los gravámenes, trabas y cargas que pudieran afectar a estos bienes y derechos. Asimismo una relación de los acreedores con la cuantía y el vencimiento de los respectivos créditos. También las cuentas anuales e informes de auditoría de los últimos tres años y el estado financiero elaborado con posterioridad a las últimas cuentas anuales.

5¿Quién toma las decisiones en el club?

«Como en cualquier otra entidad deportiva, el consejo de administración», recuerda Bernardo Pinazo, uno de los padres de la Concursal y que llevó el proceso en el Málaga. El magistrado también habla del papel de los tres administradores concursales: «Es algo menos que una fiscalización, es simplemente ver lo que se hace, conocer lo que se realiza en el club, pero no es una persona encima ahogando las cosas que se lleven a cabo. Se trata de que no gasten más de lo que ingresen». Cobo Plana puntualizó que el juez podría retirarles estas facultades, un supuesto que no se ha dado hasta ahora.

6¿Qué funciones tendrían los administradores concursales?

«Autorizar todo aquello que se considere extraordinario. Lo demás, que se supone se hará de una forma correcta y ordinaria, no lo controlan. Normalmente son tres personas que ven los gastos», indica el magistrado malagueño. No suelen meterse en los asuntos deportivos.

7¿Qué pasará con los contratos de los jugadores y con las denuncias a la AFE? ¿Pueden perder dinero?

Bernardo Pinazo sostiene de un modo categórico que «no debe pasar nada. Si se les debe dinero se dice que son deudas de la masa». El segundo aspecto depende en exclusiva del convenio al que se llegue con todos los acreedores (también los futbolistas). «El proceso tiende a pactar una quita (reducción de hasta un 50%) y espera (plazos para pagar la deuda con un máximo de 5 años).

8¿Siempre hay un tope salarial en los sueldos?

«Es algo que se rige por lo que ponen los contratos, todo es cuestión de negociar. Siempre se trata de obtener algún tipo de disminución de los salarios», especifica Juan José Cobo, mientras Pinazo especifica que «es algo que depende de cada circunstancia, especialmente de la cantidad de ingresos, pero debemos tener en cuenta de que estamos hablando de una economía de guerra. Lo que es evidente es que no se pueden pagar cantidades muy altas».

9¿Quiénes serían los primeros en cobrar?

Cobo Plana dice que «hay una parte proporcional en donde los jugadores tienen una parte privilegiada pero otra parte del dinero se considera deuda ordinaria. Aquí cobrarían con el resto de los acreedores», indica el abogado nacido el Barbastro, quien recuerda que una vez en concurso «todos los trabajadores cobrarían de una manera religiosa todos los meses».

10¿Cómo funciona el proceso concursal?

Una vez solicitado el juez de lo mercantil que lleve el caso tiene 15 días para admitirlo a trámite mediante una resolución. Llegado ese momento se procederá al nombramiento de tres administradores concursales «cuya misión es fiscalizar las operaciones de la sociedad que se somete al concurso».

11¿La concursal lleva apareado un expediente de regulación de empleo?

Para el juez Cobo «es una posibilidad, pero no es obligatorio, aunque se ha dado en los el Las Palmas, Málaga y Sporting. La decisión la deben proponer los administradores concursales al consejo en función de las circunstancias que viva el club, pero la decisión final corresponde al consejo». Su colega indica que «solo si la plantilla de trabajadores es desproporcionada».

12¿Corre la entidad riesgo de desaparición?

La ley nació para todo lo contrario, para salvar empresas pero existe el riesgo que el juez dicte causa de disolución siempre que no sea factible o se incumpla el plan de viabilidad.