La UE veta los aparatos con acceso directo a contenidos pirateados

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

TELEVISIÓN

Equipara los dispositivos con «software» con las webs de enlaces. El caso que dio origen a esta sentencia enfrenta a la marca Filmspeler con la plataforma holandesa Stichting Brein

27 abr 2017 . Actualizado a las 08:04 h.

La lucha contra la piratería dentro de la Unión Europea cargó ayer contra los dispositivos que ya vienen equipados para que el usuario pueda acceder sin dificultad a los contenidos ilegales que están disponibles en streaming. El Tribunal de Justicia de la UE dictaminó ayer que la venta de reproductores multimedia equipados con el software necesario para ver en la pantalla de televisión de forma gratuita contenidos pirateados incumple la normativa comunitaria en materia de derechos de autor. 

La reproducción temporal de obras protegidas con dispositivos que permiten reproducir «gratuita y fácilmente» estos contenidos disponibles ilegalmente en Internet mediante streaming (en flujo continuo) «no está exenta del derecho», avisa la justicia europea en una sentencia a la que tuvo ayer acceso Europa Press. 

El caso que dio origen a esta sentencia enfrenta a la marca Filmspeler, que comercializa dispositivos que permiten ver con facilidad contenidos sin permiso de sus titulares, con la plataforma holandesa Stichting Brein, que defiende los intereses de los propietarios de los derechos.

La publicidad de Filmspeler, según la sentencia europea, afirma que su reproductor multimedia permite ver «gratuita y fácilmente, en una pantalla de televisión», material audiovisual disponible en Internet. El aparato ha sido adquirido por numerosos consumidores, que no necesitan más que una conexión a Internet para acceder a los contenidos.

La corte con sede en Luxemburgo concluye que la venta de un reproductor que cumple esta función de acceder a contenidos pirateados constituye una «comunicación al público», tal y como recoge la directiva que exige un «nivel elevado de protección» a favor de los autores. El tribunal equipara la función de los aparatos con este software preinstalado con las páginas web con enlaces que conducen «sin ninguna restricción» a obras protegidas, lo que supone un «acceso directo» a estos contenidos.