Berlín obliga a las madres a revelar quién es el progenitor de sus hijos

victoria robles, J. A. REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

MARCOS MÍGUEZ

Los padres biológicos tendrán que reembolsar la manutención

01 sep 2016 . Actualizado a las 08:27 h.

El Consejo de Ministros alemán aprobó ayer un proyecto de ley por el cual obligará a las madres a revelar el nombre del padre biológico de sus hijos, si así lo requiere la persona que haya ejercido de progenitor sin serlo y, por lo tanto, haya pagado la manutención. Con esto se pretende que aquellos que hayan mantenido a los niños como si fuesen suyos puedan defender mejor sus derechos.

Hasta este momento la mujer no estaba obligada a desvelar la identidad del padre biológico, pero ahora con la nueva ley deberá revelar ante el falso padre con quién tuvo relaciones sexuales en la época en que pudo producirse la concepción. De esta forma, la persona que se haya hecho cargo de la manutención podrá exigir que se le repongan los gastos. No obstante, esto solo podría ocurrir a partir del momento en que tuvo dudas sobre su paternidad y empezó el proceso de impugnación, durante no más de dos años.

El ministro de Justicia, Heiko Mass, defendió el proyecto de ley afirmando que de este modo podrán «asegurar más los derechos y los recursos a medios legales de los falsos padres». Asimismo señaló que ya no se le permitirá a la madre guardar silencio acerca de la identidad del verdadero padre a no ser que «haya razones muy serias para no identificarlo». Sin embargo, lo que el ministro no supo precisar en lo inmediato fue qué sanción podría recibir una mujer que se negase a proporcionar la identidad del verdadero progenitor de su hijo. Asimismo, tampoco quiso dar cifras que permitiesen evaluar el número de familias que podrían estar afectadas por esta ley.

Por su parte, Manuela Schwesig, ministra alemana de Familia, comentó el proyecto expresando su apoyo al considerar que, a pesar de ser un tema difícil de reglamentar jurídicamente, es necesario acabar con los vacíos legales.

En España, la legislación establece que cualquier mujer soltera podrá registrar a su recién nacido sin tener por qué dar el nombre del padre biológico. En el caso de que el hombre tuviese algún tipo de duda acerca de su paternidad, este se vería obligado a solicitar un pleito de reconocimiento de paternidad presentando cualquier tipo de prueba que permitiese la identificación, puesto que la madre, a no ser que sea por orden judicial, en ningún momento estaría obligada a proporcionar la verdadera identidad del padre.

«Hay otras leyes mucho más necesarias que esta, como una de custodia compartida»

CESAR QUIAN

A raíz de la nueva ley aprobada por el Consejo de Ministros alemán, por la cual se obliga a las mujeres a confesar ante su pareja la verdadera identidad del padre biológico de su hijo, el abogado Ignacio Bermúdez de Castro, que lleva en el ejercicio desde 1986, ofrece su punto de vista acerca de la legislación española en materia de familia.  

-¿Existe en España una ley similar?

-Yo creo que por ahora sería inviable teniendo en cuenta la filosofía del ordenamiento jurídico. En España es un tema que no tiene prosperabilidad, o por lo menos a corto plazo, con la cantidad de problemas que hay en nuestro país.

-¿Qué referencias hace el ordenamiento jurídico?

-En el ordenamiento jurídico se valora que una mujer aporte un hijo en una relación y a raíz de esto se pueden dar dos casos: que el hombre lo adopte dándole sus apellidos, por lo tanto que sea el responsable de su manutención, o que no lo reconozca, lo cual le excluiría de cualquier tipo de obligación.

-Entonces, si se diese el caso de un hombre que sospecha de que el hijo no es suyo, ¿Qué debería hacer?

-Si el padre sospecha de que su pareja no le ha sido fiel deberá pedir un pleito de reconocimiento paterno-filial, llevando alguna prueba, como un caramelo, un pelo o lo que sea, que permita comparar el ADN.

-¿Y si la madre se niega?

- En el caso de que la madre se negase, se entendería que el hijo no es del supuesto padre, sino que se resolvería que el verdadero progenitor es otra persona.

-¿En ningún caso la madre se va a ver obligada a revelar la identidad del padre?

-El falso progenitor no va a poder obligar a la madre a decir de quién es el hijo. Solamente podrá exigir la prueba de paternidad para saber si es él o no. Ahí ya nos meteríamos en algo más privado, tendrían que hablar entre ellos, la madre podría acordar que este aceptase la situación o en otro caso romperían la relación.

-¿Hay muchos asuntos similares a estos?

-Si, en nuestra sociedad hay muchos. En cualquier despacho se llevan muchos temas de estos. Aunque muchas veces veo que hay personas que no están convencidas con pedir una prueba de ADN por miedo a saber la verdad.

-Si hay tantos casos, ¿no cree que es necesaria una ley como esta en España?

-Hay leyes mucho más necesarias que esta, porque la posibilidad de que un padre sepa que un hijo no es suyo la tiene reconocida y saber de quién es el niño es algo que debería quedar en un acuerdo entre ambas partes. Hay otras cosas más prioritarias como una buena ley de custodia compartida, o de violencia de género.