Freno a la gestación subrogada

Alfonso Andrade Lago
Alfonso andrade REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

MARCOS MÍGUEZ

Consulados españoles detienen la inscripción de niños en el registro hasta que se aclare el alcance de una reciente sentencia del Supremo. Ya hay parejas atrapadas en Estados Unidos

23 mar 2014 . Actualizado a las 09:45 h.

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo, que no reconoce la filiación a una pareja gay valenciana que tuvo gemelos en Estados Unidos, está tirando del freno de la gestación subrogada, que es aquella en la que una mujer ajena a la pareja gesta al hijo en su vientre.

No está legalizada en España, pero hasta la fecha, una instrucción del 2010 de la Dirección General de los Registros y del Notariado permitía al menos regularizar la situación de un bebé nacido mediante gestación subrogada en otro país, siempre y cuando el proceso estuviese acompañado por una sentencia judicial que acreditase la gestación. Esto sucede básicamente en Estados Unidos, razón por la que la mayoría de las parejas españolas acuden a esa nación.

Cuando nacía el bebé, el cónsul español, con la partida de nacimiento y el juicio de paternidad en la mano, lo inscribía, transcribiéndose dicha inscripción al Registro Civil español. Pero desde que salió la sentencia del Supremo, los cónsules de los diferentes Estados «han suspendido esas inscripciones hasta que las cosas se aclaren y el Ministerio de Justicia explique cómo afecta el nuevo texto legal a la instrucción del 2010», explica Antonio Vila-Coro, responsable de la asociación de gestación subrogada Son Nuestros Hijos.

El caso de la India

Esta situación empieza a atrapar a parejas españolas en EE.?UU. «Que nosotros sepamos, ya hay ocho que no pueden inscribir a sus hijos, pero seguramente serán muchas más». Los progenitores podrían traer a sus vástagos a España con pasaporte estadounidense, pero «aquí estarían en un limbo legal, sin posibilidad para los padres de hacer valer muchos de sus derechos».

El problema se agrava al cerrarse la vía de la India, otro país al que acudían los españoles. «La India exige ahora un visado médico, que no concede si el país de procedencia no envía una carta que especifique que no habrá problemas con el registro de niños en España, y no es el caso», abunda Vila-Coro. La sentencia del Supremo, que contó con la oposición de cuatro de los nueve magistrados, está recurrida por la pareja valenciana.