La Audiencia Provincial ratifica los siete años de inhabilitación para el exedil Albino Vázquez

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Fue condenado por un delito de prevaricación administrativa en el caso Carril

21 feb 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La sección sexta de la Audiencia Provincial, con sede en Santiago, ha confirmado la sentencia dictada por el juzgado de lo Penal número 2, que condenó en septiembre del 2016 a siete años de inhabilitación para el ejercicio de cualquier cargo público en el ámbito local a Albino Vázquez Aldrey. El ya exedil popular, que ejerció como responsable de Seguridade Cidadá en la etapa de Gerardo Conde Roa, fue denunciando por un delito de prevaricación administrativa en el llamado caso Carril.

El fallo conocido hace unos meses consideró probado que Vázquez Aldrey apartó ilegalmente del cargo al subjefe de la Policía Local, y ahora los magistrados desestiman su recurso al entender que de la prueba practicada quedó acreditado que el exconcejal designó como jefe accidental a un funcionario que no tenía los requisitos legales y reglamentarios para ostentar el cargo, y que lo hizo para perjudicar al denunciante.

José Antonio Carril, que ya está jubilado, fue apartado de su cargo de subjefe el 4 de julio del 2012, cuando el condenado firmó un decreto por el cual nombraba a otro agente como sustituto temporal del jefe del cuerpo policial, que se marchaba de vacaciones. Se da la circunstancia de que las fechas del conflicto coinciden en un momento en el que Vázquez Aldrey tenía pinchado el teléfono por la investigación del caso Pokémon, y en esas grabaciones queda patente el interés por apartar del cargo al denunciante. El exedil, además de pagar las costas del juicio, deberá abonar el complemento que Carril dejó de percibir durante los cuarenta días en los que fue apartado del cargo que le correspondía. De todas formas, todavía podría apelar en casación al Tribunal Supremo.