La Justicia insta al Concello a ejecutar la sentencia del hotel Quinta da Auga

santiago / la voz

SANTIAGO

Rechaza el segundo incidente de inejecución planteado por Raxoi frente al fallo que determina exceso de edificabilidad

22 mar 2015 . Actualizado a las 04:00 h.

Un nuevo auto del Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Santiago ha instado al Ayuntamiento a ejecutar la sentencia judicial que determina un exceso de edificabilidad de 744 metros cuadrados en las instalaciones del hotel Quinta da Auga, en Brandía.

La Administración municipal adujo la imposibilidad «legal y material» de ejecutar la resolución del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) y no fijó ninguna cantidad de indemnización al argumentar que la empresa había renunciado a la suya por la diferencia a su favor del valor de la parcela que intercambió con el Concello.

El juzgado explica que en el segundo incidente de inejecución planteado por el Ayuntamiento «no se razona ni se justifica que los hechos y las causas por los que se ha interesado nuevamente la declaración de imposibilidad de ejecutar la sentencia no existían ya cuando se promovió el primer incidente», dice el juez José Alvariño en el auto que acaba de emitir.

El fallo es firme

Las acciones judiciales que desembocaron en la sentencia judicial contraria a los propietarios de la Quinta da Auga fueron promovidas por la asociación de afectados por el exceso de edificabilidad del hotel Quinta da Auga y cursadas por el abogado Ubaldo Rivas. Consideraban los denunciantes que los promotores del hotel habían ocupado una zona verde con una plaza y aumentado la edificabilidad correspondiente en casi tres mil metros cuadrados.

Sucesivas sentencias en primera instancia y ratificadas por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia determinaron la concesión de licencias irregulares y el exceso de edificabilidad de ochenta centímetros de altura en el complejo hostelero.

Los gobiernos municipales presididos por Ángel Currás y Agustín Hernández coincidieron en declarar no ejecutable la sentencia dictada por la Justicia, que es «firme».

El auto del juez coloca en una situación difícil a los gobernantes locales, obligados a cumplir la sentencia bajo apercibimiento judicial.