El TSXG desestima el recurso de PSOE y BNG por la designación de concejales no electos en Santiago

EFE

SANTIAGO

El tribunal explica que no han sido admitidos por el «empleo de un procedimiento inadecuado»

18 jul 2014 . Actualizado a las 22:33 h.

La sección primera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha notificado dos autos en los que desestima las apelaciones de PSOE y BNG contra el nombramiento de siete concejales no electos en el Ayuntamiento de Santiago. La resolución judicial común, divulgada por este órgano, explica que estos recursos contenciosos electorales contra el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) del 2 de julio del año 2014 no han resultado admitidos por el «empleo de un procedimiento inadecuado».

Sendos autos observan que estas formaciones no plantean un proceso en el que ha de decidirse qué grupo obtiene mayor número de votos, sino si puede expedirse credencial como concejal a favor de quien no formó parte de la lista electoral de un partido político, de modo que el objeto se «aleja» del que es «propio del recurso contencioso electoral». También especifica que la correcta tramitación por el «procedimiento adecuado» determina que el planteamiento ha de hacerse ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo, órgano jurisdiccional de mayor jerarquía. El fallo, no obstante, no es firme, y contra él cabe recurso de reposición, a interponer en el plazo de cinco días ante la misma sala.

El portavoz municipal del BNG, Rubén Cela, ha indicado a Efe que su grupo ya daba por hecho que esto sucedería y que tendrían que ir a un órgano jurisdiccional de «mayor jerarquía», pero «quisimos ir paso a paso», ha dicho, tras adelantar que formalizarán el recurso de reposición. Su homólogo en el grupo socialista, Francisco Reyes, también ha indicado que no ha sido una sorpresa que se desestimase, porque «era lo esperado». Sin embargo, ha avanzado que el PSdeG sí recurrirá y que se estudiará a fondo «la estrategia procesal a seguir».