El interventor estatal avisa del riesgo del fallo de los rellenos para el futuro económico de Puerto

La Voz MARÍN / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

El complejo conflicto jurídico surgió de una denuncia de la plataforma de Os Praceres contra el Plan Especial del año 2000

01 sep 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Las cuentas anuales de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra inciden en la incertidumbre, a efectos contables y también de actividad, que supone la sentencia sobre la declaración como ilegales de parte de los rellenos portuarios y la orden judicial de demolición de los mismos. La causa está pendiente en el Tribunal Supremo, pero cualquier solución que adopten los magistrados tiene especial relevancia en el funcionamiento del puerto y, por esta razón, se reflejan al menos en dos apartados específicos en la memoria de la cuenta general del año pasado. Coinciden en esta inquietud tanto el presidente de la Autoridad Portuaria en su informe a Madrid, como el interventor territorial de Pontevedra.

El complejo conflicto jurídico en torno a los rellenos surgió de una denuncia de la plataforma de Os Praceres contra el Plan Especial del Puerto del año 2000, un documento equiparable a un PXOM en un concello. La evolución judicial del caso alcanzó su punto culminante con una sentencia en el 2009 donde el Supremo anuló el plan especial y declaró ilegales los rellenos. Un plan posterior fue anulado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que entendió que el documento era una mera revisión del plan anterior. Si el documento del 2000 carece de legalidad, lo mismo le ocurría al plan que se elaboró después.

Recursos aún sin resolver

En un auto del 11 de junio del 2015, el Supremo estimó el recurso de queja de la Abogacía del Estado, señalando que la sentencia del 2009 ordena derribar los rellenos realizados con el plan especial. «No todos los rellenos se han realizado al amparo de dicho plan, existiendo discrepancia sobre la superficie y ubicación de tales rellenos en los términos que ordenan las resoluciones recurridas, que exceden las declaraciones del fallo de la sentencia del 2009».

Por esta razón, el Estado recurrió en casación contra las resolución de los derribos ante el TSXG el 26 de octubre del 2015. Este recurso está por decidir.

También de forma paralela, está pendiente de resolver un incidente de inejecución de la sentencia del 2009, ante el Supremo. En las cuentas del 2015 se afirma: «El desenlace judicial de este asunto puede afectar de forma muy significativa a la valoración de los activos». Por su parte, el interventor territorial avisa de que «la resolución de este litigio puede afectar al principio de empresa en funcionamiento», un concepto contable que se refiere a la viabilidad económica y rentabilidad del Puerto.