Los comuneros de Mourente son los dueños del terreno sobre el que se alza Montecelo

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

La sentencia es recurrible ante la Audiencia Provincial y, posteriormente, ante el Supremo.
La sentencia es recurrible ante la Audiencia Provincial y, posteriormente, ante el Supremo. Ramón Leiro

La Justicia declara la «nulidad radical, absoluta o de pleno derecho» de la cesión de la parcela

21 abr 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Siguiendo la estela de lo ocurrido con los terrenos sobre los que se asienta la base de la Brilat, la Justicia pontevedresa acaba de confirmar que los terrenos del Hospital Montecelo son propiedad de los comuneros. De este modo, la magistrada de Primera Instancia número cuatro considera acreditado que los vecinos han venido poseyendo esta parcela «desde tiempo inmemorial, en régimen de aprovechamiento colectivo y sin especial asignación de cuotas».

La sentencia, en su fallo, establece, asimismo, «la nulidad radical, absoluta o de pleno derecho» de la cesión que en 1971 realizó el Concello de Pontevedra a favor de la actual Tesorería General de la Seguridad Social. De este modo, anuncia la remisión de un escrito al Registro de la Propiedad capitalino para que cancele la inscripción de la finca.

A la hora de alcanzar estas conclusiones, la magistrada reconoce que «ha resultado probado el aprovechamiento consuetudinario y posesión inmemorial del monte en cuestión por el común de los vecinos de la parroquia de Mourente». En este punto, alude al hecho de que varios residentes hubiesen comparecido en el juicio declarando lo mismo, que «tanto ellos como sus antepasados aprovechaban el monte denominado Montecelo, en especial para recoger leña y para alimentar el ganado».

A estos testimonios se suma la abundante prueba documental que presentaron los demandantes a la hora de acreditar estos extremos. Entre otras, la resolución hace referencia a los Emolumentos del Común del Libro Real de Legos del Catastro del Marques de la Ensenada, texto en el que, datado en 1752, se documenta esta realidad. De igual modo, cita las obras Visitas a los montes y reales plantíos (1788-1793), Relación de montes de la provincia, de 1847, o el Catálogo de montes de utilidad pública de Pontevedra, fechado en 1901.

De igual modo, se reseña que en 1838 el Ayuntamiento de Pontevedra reconoció ser únicamente propietario de la casa consistorial, el matadero y la carnicería pública: «Confirma la ausencia de cualquier clase de monte en la demarcación territorial del municipio».

Esta situación contrasta con la que recogía el por entonces Concello de Mourente, administración que «confirma la posesión inmemorial y aprovechamiento del vecindario sobre los montes de su demarcación, entre otros el Monte Montecelo».

En cuanto al expediente de desafección de finales de la década de los sesenta, la magistrada se muestra muy crítica, al tiempo que cita jurisprudencia del Supremo. «El acuerdo plenario por el que el propio Ayuntamiento viene a calificar, unilateralmente y sin fundamento alguno, la parcela como bien de propios carece del más mínimo valor y eficacia».

En cuanto a las tesis de la Administración, ni Concello ni Seguridad Social «ofrecen título de dominio específico, concluyente y sobrado que justifique su oposición a la pretensión» de los comuneros. De igual modo, reseña que «no se puede compartir la argumentación del Ayuntamiento de que actuó conforme a la legislación de la época y, por supuesto, tampoco se admite la argumentación de la Tesorería General de la Seguridad Social relativa a la calificación como monte de dominio público y el destino a dotación pública del inmueble (centro sanitario)».

Siguiendo la senda que abrió el conflicto de la Brilat

Aunque las demandas reclamando la titularidad de unos terrenos que tanto comuneros como la Administración consideran propios se vienen produciendo desde hace décadas, lo cierto es que este tipo de conflictos no acaparó portadas hasta que los vecinos de Salcedo dirigió su mirada hacia Defensa. Corría el mes de octubre del 2008 cuando el ministerio decidía despertar un Real Decreto que llevaba dormido tres décadas -era de 1982- y establecía un perímetro de seguridad en torno a la base de la Brilat. La decisión espoleó una serie de movilizaciones que desembocaron en un procedimiento judicial.

Si hace ocho años los vecinos consideraron que Defensa había actuado con nocturnidad y alevosía, en el caso de Montecelo el argumento que emplean es el de evitar la privatización del centro hospitalario y que se pueda especular con la parcela. «O penoso do asunto é que nos vemos obrigados a que se recoñeza esa titularidade comunal ante o perigo de privatización, curiosamente non desmentido pola actual titular», lamentaba el presidente de los comuneros de Mourente, Carlos Morgade, al salir del juicio.

Lo cierto es que todo parece indicar que este proceso seguirá un camino paralelo al que siguió el relativo al de la base de la Brilat. Así, los vecinos aguardan que en los próximos días Concello o Seguridad Social interpongan los correspondientes recursos ante la Audiencia de Pontevedra, cuya decisión podría ser, de nuevo, recurrida ante el Supremo.

Son conscientes de que solo hasta que la resolución sea firme se tendrá claro el futuro de los terrenos en liza. Por el momento, los comuneros defienden la permanencia del centro sanitario.

¿A cualquier coste? A día de hoy, la Brilat sigue acuartelada en Salcedo tras asumir Defensa el pago de un canon anual a la comunidad de montes. Es cierto que los vecinos de Mourente nunca han hablado de establecer una medida similar en el caso del Hospital Montecelo, pero es una posibilidad que está ahí, como también la ley prevé la posibilidad de un desahucio o la expropiación.

Cuando el suelo es indivisible, inalienable, imprescriptible e inembargable

En la geografía pontevedresa, y por extensión gallega, se han producido numerosos conflictos que han enfrentado a comunidades de montes con Administraciones y particulares por la titularidad de una determinada porción de terrenos. Abundan los casos en los que, como en el supuesto de la Brilat o del Hospital Montecelo, las comunidades han visto reconocidos sus derechos en base a que el monte en litigio es indivisible, inalienable, imprescriptible e inembargable.

Aeropuerto de peinador

Expropiación. Tras reconocer que la comunidad de montes de Mos era la titular del suelo sobre el que se levantó el aeropuerto pontevedrés se inició un proceso expropiatorio. El acuerdo suscrito por Aena y los vecinos estableció el pago de 5,8 millones de euros por 262.000 metros cuadrados de monte comunal.

A MADroa

En negociaciones. En este caso fueron los comuneros de Teis los que lograron hacer valer sus derechos sobre una parcela en el monte de A Madroa en la que se ubican el zoológico y los campos de fútbol de Candeán y Sampaio. Las últimas informaciones apuntaban en la dirección de que el Celta de Vigo estaría interesado en una permuta para ampliar las instalaciones en las que adiestra. Precisamente, a esta sentencia hace referencia la magistrada de Pontevedra que enjuició la demanda relativa a Montecelo.

Poio

A la espera de resolución. En ocasiones, las demandas de las comunidades de montes no se dirigen contras una administración, sino contra particulares. Es el caso de los comuneros de San Salvador (Poio) que están a la espera de que finalice el procedimiento judicial por el que, el pasado diciembre, se anuló la licencia de obra de veintiocho viviendas de una urbanización de Illa Canosa, en Boavista (A Caeira).