Aumentan las escolarizaciones judiciales de hijos de separados

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

La Fiscalía advierte de que «la dimensión del problema no es intrascendente»

13 dic 2015 . Actualizado a las 20:49 h.

Cada vez es más habitual en Pontevedra que un juez de Primera Instancia tenga que autorizar la escolarización de un hijo de padres separados en un centro educativo. Así lo recoge un informe de la Fiscalía, en el que el se advierte de que «la dimensión del problema no es intrascendente», al tiempo que reconoce que se han incrementado los denominados expedientes de jurisdicción voluntaria sobre escolarización.

Se trata de un procedimiento que tiene como objetivo que la autoridad judicial autorice la matriculación del niño en un centro escolar concreto que, ante un cambio de residencia de sus progenitores, «y ante la gratuita, y a veces caprichosa, oposición de quien ostenta la guarda y custodia en exclusiva, le es sistemáticamente denegada por la inspección educativa». De este modo, el pequeño puede continuar estudios en el colegio que corresponde al domicilio del progenitor no custodio con quien, durante un período de tiempo, convive el menor.

El fiscal responsable del área es especialmente duro con los padres que se niegan a permitir esta matriculación de su hijo, menor de edad, pero también con la Administración competente. Y es que no se ha producido «el tan deseado cambio legislativo que apuntaba la Inspección Educativa y que permitiese a la dirección de los centros autorizar la matrícula de un menor sin precisar, para ello, del consentimiento conjunto de ambos progenitores».

Tanto unos como otros, en opinión de ministerio público, se olvidan del interés del niño, toda vez que «basta que uno solo de sus progenitores, en defensa de sus partidistas y egoístas pretensiones, no preste su consentimiento, para que aquel interés no quede satisfecho, pues se le habrá vetado la posibilidad de inscribirse» en un centro educativo.

Mediación fallida

El problema es más grave cuando se comprueba que la mediación no tiene aquí la misma implantación o éxito que en otros ámbitos judiciales. Y es que los fiscales se encuentran en el medio de unos «progenitores ciegos de razón, que pleitean de forma encarnizada sin dar su brazo a torcer, aunque la consecuencia de todo ello, de su injustificada oposición, acabe pagándola su hijo».

Pero, ¿qué explicaciones esgrimen aquellos que ostentan la guardia y custodia del niño? La Fiscalía de Pontevedra ha constatado que, en la gran mayoría de ocasiones, el argumento que sacan a relucir es, a todas luces, ilógico. Así, es habitual partir de la premisa de que ceder y consentir el cambio de centro supondría, a la postre, perder la compañía de sus hijos y que la guardia y custodia pasase al otro progenitor, al que ven como un «oponente».

Sin embargo, en ocasiones, la propia Inspección de Educación pontevedresa se ha encontrado con casos en los que «era tal el perjuicio que la oposición de uno de los padres acarreaba al futuro del alumno», se optó por no esperar a la existencia de una decisión judicial. De este modo, priorizándose el interés del pequeño, se consintió cautelarmente, y a la espera de un pronunciamiento del juez en cuestión, la inscripción en un centro educativo.

En cuanto a la reforma legislativa, los fiscales pontevedreses estiman que debe caracterizarse por, por un lado, vetar «el absoluto y omnímodo poder de quien ostenta la guarda y custodia exclusiva» y, por otro, reforzar «la consideración que la patria potestad ha de representar y de la que ambos progenitores son cotitulares».