La jueza rechaza que la pareja de Sonia Iglesias se someta al test de la verdad

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

La magistrada mantiene su decisión de archivar la desaparición de la pontevedresa

22 nov 2014 . Actualizado a las 05:00 h.

El Juzgado de Instrucción número tres de Pontevedra acaba de desestimar la petición de la Fiscalía para que Julio Araújo, pareja sentimental de Sonia Iglesias, se someta al test de la verdad, la controvertida prueba P300. Así se sostiene en el auto por el que la magistrada capitalina se ratifica en su decisión de archivar la causa abierta por la desaparición de la pontevedresa.

A la hora de plantear esta petición, el fiscal jefe Juan Carlos Aladro defendió el empleo de esta técnica para «despejar dudas sobre el paradero» de Sonia Iglesias, así como para tratar de establecer «su posible localización». En definitiva, a la hora de interponer el recurso, sostuvo que la intención era romper «la dinámica de la inexistencia del delito por falta del cuerpo».

La magistrada no comparte plenamente esta tesis. Refiere que las diligencias que se practican en la fase de instrucción van encaminadas no solo a esclarecer «la naturaleza y circunstancias» de un suceso, sino también a concretar y determinar las personas que habrían participado en el mismo.

Este argumento le lleva a concluir que la utilización, en este caso concreto, de la P300 iría más allá de lo que es la mera localización del paradero de la pontevedresa. Sostiene que también se trataría de investigar la conducta de la persona bajo sospecha, una prueba que, a la postre, «podría ser utilizada en su contra».

Si a esto se le suma que se trata de una diligencia que no está regulada y que el propio Julio Araújo rechazó en redondo la posibilidad de someterse al polígrafo o cualquier prueba análoga, la magistrada estima que autorizar el test de la verdad en contra de la voluntad del encausado «supondría vulnerar sus derechos».

En este marco, la magistrada pontevedresa afirma que le «sorprende» el papel jugado por el ministerio. : «Desde la fecha de incoación de las presentes diligencias, 20 de abril del 2010 -cuarenta y ocho horas después de la desaparición de la pontevedresa-, no sea hasta el dictado del auto de sobreseimiento, 31 de julio del 2014, que se interese por la acusación pública la práctica de nuevas diligencias».

Añade, en este sentido, que fue en julio del 2012 cuando se solicitó la toma de declaración como imputado de Julio Araújo, mientras que en octubre del año siguiente se pidió la comparecencia de nuevos testigos y un nuevo interrogatorio del pontevedrés. A partir de ese momento, y excepto la visualización de las cámaras de seguridad pedida por el abogado de Araújo, pasaron siete meses y medio en los que no se produjeron novedades, lo que determinó que se decretase el archivo provisional de la misma.

A la hora de adoptar este criterio, la magistrada capitalina insiste en que las supuestas pruebas existentes «no constituyen indicios sólidos para acordar la continuación del procedimiento». Es más, augura que «se puede vaticinar con un grado de seguridad muy alto el fracaso de una pretensión penal con ese frágil y endeble fundamento».