Medio Ambiente declara legalizable el aeródromo de Godos, precintado el martes

Marcos Gago Otero
marcos gago CALDAS / LA VOZ

PONTEVEDRA

La empresa tendrá tres meses para solicitar la licencia municipal a Caldas

03 ago 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El aeródromo de Godos, en Caldas de Reis, podrá legalizarse. La Consellería de Medio Ambiente anunció ayer que esta actividad recreativa es compatible con el ordenamiento urbanístico. La Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) ya envió la resolución a las partes interesadas, que la recibirán en cuestión de días. La disposición autonómica afecta a doce hangares y la pista de operaciones de las aeronaves. Cabe señalar que esta semana, concretamente el martes, la Policía Local de Caldas procedió al precinto de las instalaciones siguiendo una orden municipal. Este precinto tendrá que mantenerse hasta que la empresa obtenga el permiso de actividad del Ayuntamiento. La petición para este trámite tendrá que formalizarse en un plazo no superior a los tres meses.

En la comunicación remitida a la entidad Aeródromo de Caldas SL, se indica que si transcurriesen estos tres meses sin que la empresa realice su solicitud de licencia al Concello, la APLU procedería entonces a la demolición de las obras y la reposición de los terrenos afectados por la pista.

Mientras que los hangares y la pista de aterrizaje y despegue de las avionetas consiguieron el visto bueno de la Xunta, la edificación colindante, denominada local social, sí tendrá que caer bajo la piqueta. Este inmueble queda excluido del visto bueno de Medio Ambiente, que ordenó el derribo de este local en el plazo de tres meses desde que se notifique esta resolución. Es la única parte de la obra ejecutada que la Administración autonómica entiende que es ilegalizable.

Este local está construido en granito y está dividido en varias estancias. La altura mínima es de 2,73 metros en la fachada oeste. Desde la APLU consideran que esta edificación «non se axusta ao concepto de obra ou instalación imprescindible para a actividade de aeronáutica».

Suelo rústico

La consellería sostiene, en su comunicado, que los terrenos donde se desarrollaron los trabajos para el aeródromo «non están sometidos a ningún réxime especial de protección, polo que lles será de aplicación o do solo rústico de protección ordinaria».

La actual normativa autonómica puntualiza que la actividad de aeronáutica de ultraligeros al aire libre, así como las instalaciones para su práctica, constituyen un uso de carácter recreativo. Esta clasificación obliga a que el recinto entero se ubique en suelo rústico, en terrenos que, por carecer de algún régimen especial de protección, «faga compatible a súa transformación».

En el caso de los hangares y la pista, Medio Ambiente considera que estos terrenos no tienen valores agrícolas, ganaderos, forestales, ambientales, científicos, naturales, paisajísticos o culturales, y tampoco están sujetos a las limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público.

El aeródromo de Caldas ha estado envuelto en una larga polémica, que ha sido objeto de debate incluso en el Parlamento de Galicia. Su ejecución fue objeto de denuncias por parte de vecinos y de Esquerda Unida (EU), lo que forzó a intervenir al Concello y a la Xunta en reiteradas ocasiones en los últimos nueve años.