Condenan a la Diputación de Pontevedra a reintegrar parte de la extra de diciembre del 2012

Lars Christian Casares Berg
Christian Casares PONTEVEDRA

PONTEVEDRA

Deberá abonar a los trabajadores la parte proporcional al período comprendido entre el 1 de enero y el 14 de julio

03 feb 2014 . Actualizado a las 20:10 h.

Los trabajadores de la Diputación de Pontevedra han ganado una batalla judicial por sus salarios. El Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra ha estimado su demanda tras la supresión de la paga extra del 2012 y ha condenado a la institución provincial a hacer frente al pago de una parte de ella. Siguiendo la jurisprudencia de otros tribunales, el juzgado pontevedrés considera que no procede la retroactividad de las disposiciones contenidas en el Real Decreto 20/2012 en el que se amparó la Diputación de Pontevedra, como otras administraciones públicas, para anular la paga de Navidad. De esta forma, los trabajadores deberán percibir la parte proporcional que les corresponde hasta la entrada en vigor del Real Decreto, el 15 de julio del 2012. Así, el juzgado defiende que deberán cobrar «los servicios prestados por el período devengado de 1 de enero a 14 de julio del 2012».

Las centrales sindicales que interpusieron la demanda, UGT, CC. OO., CIG y CSIF, se han felicitado por el fallo. «Sería hora de empezar a oír a los tribunales y comenzar a negociar en todos los ámbitos la devolución de la citada parte proporcional», ha manifestado un portavoz sindical. El fallo es, no obstante, recurrible ante la sala de lo social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.