El Supremo ratifica los 18 años por la muerte de un preso argelino en A Lama

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA

PONTEVEDRA

CAPOTILLO

El alto tribunal no admitió el recurso interpuesto por el asesino de Said Hacene La nueva sentencia vuelve a descartar taxativamente que el encausado actuase en legítima defensa

07 abr 2007 . Actualizado a las 07:00 h.

?uan Ignacio Lamas Fernández oficialmente ya suma una nueva condena por asesinato a su historial. El Supremo acaba de confirmarle los 18 años de prisión impuestos a principios de agosto de 2005 por la Audiencia de Pontevedra por el asesinato del preso argelino Said Hacene en el centro penitenciario de A Lama. El alto tribunal sostiene que está perfectamente acreditado que se le aplicase la agravante de reincidencia: «Seis años y seis meses antes de cometer el delito por el que se le enjuicio [en Pontevedra], el acusado había sido condenado como autor de idéntica infracción penal y se encontraba cumpliendo condena por la misma, por lo que cabe racionalmente deducir que la pena impuesta por el primero de dichos delitos -le impusieron 19 años por matar a un camarero en Oviedo- ni siquiera había sido cumplida». Por si fuera poco, durante la vista oral celebrada en la capital provincial, trascendió que por aquel entonces tenía pendiente una causa judicial abierta a raíz de la estancia de Lamas Fernández en la prisión de Villabona. Se le acusaba de asestar varias puñaladas a otro recluso que profesaba la religión musulmana. Además, ya en mayo del año pasado, se vio implicado en una pelea en el penal de Teixeiro en el transcurso de la cual falleció un interno. Lo cierto es que el Supremo ni admitió el recurso interpuesto por la representación legal del acusado ante las sentencias de la Audiencia de Pontevedra y del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. En la nueva resolución, el alto tribunal reitera lo ya expuesto en su día por la sala pontevedresa en relación con los hechos que motivaron la condena de Lamas Fernández. Esto es, el acusado, el 29 de noviembre de 2003, tras comprobar que en el gimnasio de la prisión de A Lama sólo se encontraban él y la víctima y observar que la cámara de videovigilancia no enfocaba hacia donde se hallaban, se abalanzó de forma sorpresiva e inopinada sobre Said Hacene. Tras darle una brutal paliza y dejarlo semiinconsciente, Lamas Fernández, «con intención de rematar a» Said Hacene, elaboró un lazo con una cuerda de saltar y ahogó al argelino. En su resolución, el Supremo rechaza taxativamente que existiese elemento alguno que permitiese calificar la agresión como de legítima defensa.