Condenada por no permitir que la mujer de la que estaba divorciada visitase a su hijo

ourense / La Voz

OURENSE CIUDAD

Se le han impuesto tres meses de trabajos comunitarios con los que evitará los nueve meses de prisión a los que fue condenada por un juzgado de Ourense

01 abr 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Impedir el derecho de visita a un menor costará tres meses de trabajos comunitarios a una vecina de O Bolo, Raquel V. L., con los que evitará los nueve meses de prisión a los que fue condenada por un juzgado de Ourense. Legalmente divorciada de la mujer que fue su pareja, la sentencia de un juzgado de Vigo dictada en julio del 2010 reconocía a esta última el derecho a relacionarse con el pequeño. Los obstáculos que Raquel puso la llevaron al banquillo, imputada por un delito de desobediencia.

El juez acordó la suspensión de la ejecución de la pena de prisión durante un período de dos años, condicionada por la realización de los trabajos comunitarios y el compromiso expreso de no volver a delinquir en ese período. La acusada ya había sido condenada en junio del 2014 por otro episodio de desobediencia, con una pena de seis meses de prisión, que fue también sustituida en aquel momento por trabajos en beneficio de la comunidad.

El régimen de visitas que establecía la sentencia del juzgado de Vigo determinaba que la expareja podía ver al menor, hijo de su excompañera, una tarde a la semana y fines de semanas alternos, sábados o domingos, entre las once de la mañana y las ocho de la tarde. Esa primera solución fue revisada con el traslado de la acusada y su hijo a O Bolo. Se eliminaron las visitas entre semana y se ampliaron las de los fines de semana.