La responsabilidad por el suicidio de un menor en Monteledo será revisada

p. seoane OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

La familia recurrirá contra la sentencia del TSXG que exculpa a la administración

25 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La familia del chico que el 22 de febrero del 2012 perdió la vida en el centro de menores de Monteledo, donde por orden judicial no llevaba ni un mes internado y bajo custodia de la Xunta, no se conforma con la sentencia que ha liberado de responsabilidad a la administración por aquel suceso. Consideran que estaba a su cargo y ese hecho objetivo no se puede ignorar. Al no ser firme la sentencia de la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Galicia que desestimó la demanda, aún queda margen para recurrir contra ese fallo y apelar a la revisión del caso.

El letrado que ha dirigido esta reclamación de responsabilidad patrimonial de la administración, Xosé Manuel Pacho, ha confirmado la voluntad firme de la madre y el hermano del fallecido para instar una revisión del caso, aunque le queda decidir si seguirá la vía de la casación ante el Tribunal Supremo, o el recurso ante la sala que corresponda del Tribunal Superior de Galicia.

El abogado, al margen de la valoración de otras pruebas y testimonios existentes en la causa, considera que de la propia sentencia del TSXG se deduce una inequívoca responsabilidad de la administración en la muerte del joven fallecido en el centro de internamiento Monteledo, que se había quitado la vida ahorcándose con una sábana que ató a los conductos de calefacción de la habitación.

La ausencia de un protocolo de actuación ante suicidios, del que carecía el centro pese a que en el año 2009 se le había exigido en una inspección y que aprobó pocas semanas después de la muerte del menor, es un dato muy significativo, a juicio de la familia. Como lo es, enfatiza su abogado, el hecho de que con la misma celeridad se taparan los conductos de calefacción para evitar que se reprodujeran situaciones como la que se produjo durante la hora de la siesta del 22 de febrero del 2012.

Que en Monteledo no se hubieran valorado los informes del equipo psicosocial de la Fiscalía, como el director del centro reconoció, es algo que sorprende a la familia en cuanto a la valoración de responsabilidades. La cuestionada sentencia recoge, incluso, cómo el director del centro, que gestionaba la fundación Camiña Social, «no conocía los antecedentes e informes que procedían del centro de protección A Carballeira, de las que resulta una anotación ciertamente preocupante -como aparece calificada en la sentencia- cual es que una mañana se despertó con cortes en las muñecas y el pene».

Estos informes habían sido redactados, además, en el mes de noviembre anterior al momento efectivo del suicidio.

Tampoco se apreció negligencia en el ámbito penal

El suicidio del menor había dado lugar en el año 2012 a unas diligencias penales, sin que por parte del Juzgado de Instrucción número 1 de Ourense se apreciase negligencia a la hora de determinar alguna culpabilidad personal. La posición del TSXG expresada ahora libera de responsabilidad a la administración y a la fundación que gestiona el centro.