Absuelven a la acusada de un atropello mortal debido a la deficiente iluminación de la vía

La Voz OURENSE

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El juez descartó un exceso de velocidad o una imprudencia grave de la conductora

18 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La deficiente iluminación de la rúa Seixalbo (OU-105), unido a que el peatón que atropelló vestía ropa oscura superior de su cuerpo, fueron circunstancias que avalan la explicación de la acusada Dolores G. I. de que no vio a la víctima, Óscar López, cuando este cruzaba la calzada y por eso lo arrolló. El peatón murió en el CHUO el 22 de diciembre del 2014 a consecuencia de las heridas que sufrió en el atropello, ocurrido el 19 de diciembre a las 22.05 horas.

La acusada -quien estuvo defendida en el proceso por el abogado Xosé Lois Brea Sanmartín- ha sido absuelta por el juez del Penal 2 de Ourense, por no constar que cometiese una imprudencia o infracción del reglamento de circulación, como un exceso de velocidad o una conducción desatenta.

La sentencia, conocida ayer, rebate la tesis de la acusación de que la conductora iba a una velocidad excesiva en una zona limitada a 50 kilómetros por hora. Ella lo negó y también los policías locales que declararon en el juicio descartaron que fuese a una velocidad de entre 74 y 96 kilómetros por hora como sostuvo el perito de la acusación particular. Según los agentes, la causa del accidente fue la «conducción desatenta».

Sin embargo, el perito de la defensa y los policías coincidieron en el tipo de atropello que se produjo. El cuerpo del peatón «fue sobre el capó y luego cayó». Por la valoración de la prueba, el juez concluyó que no estaba probado que la acusada condujese a una velocidad superior a la reglamentaria.

Respecto al punto en el que ocurrió el accidente, la sentencia concluye que no se puede determinar pues hay versiones contradictorias en las declaraciones realizadas en la vista oral. Según el resto de cristales que aparecieron a cinco metros del punto de la colisión, los policías locales y el perito de la acusación apuntaron que el peatón cruzaba por el paso situado enfrente del Eroski. Sin embargo, el dictamen del perito de la defensa se inclinaba por que, debido a las características del parabrisas, sus cristales no se proyectarían al romperse sino que se depositarían en el suelo. Un testigo dijo además que oyó el impacto justo detrás de su furgoneta, que estaba aparcada a siete u ocho metros del paso. La «duda razonable» sobre este aspecto hizo que el juez se inclinase a favor de la acusada, en el sentido de que el atropello fue unos metros más adelante del paso de cebra.

La intensidad de la farola que iluminaba a 4,4 metros del paso era baja y los rótulos del supermercado no ayudaban a mejorarla. La conductora se detuvo a 91,5 metros del paso. Dijo que se puso muy nerviosa y no dio frenado antes. El juez la creyó y descartó la imprudencia grave pues no se probó que hubiese bebido o tomado drogas o que estuviese usando el móvil.