Revés ourensano a la banca helvética

pepe seoane OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Desestiman una reclamación económica por una deuda supuestamente contraída en Suiza por la «clamorosa ausencia» de soporte documental

26 abr 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Intentó un banco suizo, el Cantonale Neuchateloise, cobrar en Ourense una supuesta deuda contraída por una pareja que entonces residía allí. Ante la «clamorosa ausencia» de documentación, el juez ha desestimado las pretensiones, pues, según dice la sentencia, «de seguir con la ejecución se estaría provocando clara indefensión a la parte que se pretende ejecutar, privándola de poder desplegar su legítimo e innegable derecho de defensa».

La demanda dio lugar a un procedimiento en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ourense. Fue la primera vista que se celebró en el nuevo y tan discutido edificio judicial de reciente entrada en servicio en el barrio de O Couto. El BCN pretendía obtener en Ourense satisfacción a una supuesta deuda de 203.845 francos suizos, es decir, alrededor de 167.000 euros. La deuda la tenía una pareja, hombre y mujer que en su día habían residido en Suiza y habían sido clientes de la entidad que ahora reclamó al haber localizado en Ourense a uno de los supuestos deudores.

No era esta un caso habitual. No siempre precisa el juez de primera instancia manejar legislación internacional y revisar, entre otras cosas, el Convenio de Lugano que invocaba el banco en su demanda. De todos modos, al ser «evidente la ausencia de soporte documental» de la póliza que el banco esgrime «como verdadero título que legitimara tal propuesta de ejecución», poco margen quedaba.

Hace el juez referencia a la posibilidad de que alguna cláusula o estipulación pudiera causar en detrimento del consumidor un «desequilibrio importante» entre los derechos y obligaciones que se derivan del contrato. «El juez nacional podrá valorar si -y, en su caso, en qué medida- el contrato deja al consumidor en una situación jurídica menos favorable que la prevista por el derecho nacional vigente». Más aún, sería necesario examinar la situación jurídica del consumidor y la normativa ante eventuales cláusula abusivas.

En contra del rigor que se presume a la banca suiza, el BCN se presentó en Ourense con una significativa carencia de documentación, según refleja la sentencia. Ni título judicial suizo que legitimara su demanda, ni título ejecutivo al uso, es decir, póliza de préstamo, crédito o similar, como dice la sentencia. Ni siquiera documentó las circunstancias en que se firmó el acuerdo. En la práctica, con un empleado que dijo pertenecer al área de impagos, ni negoció ni comercializó la póliza, de cuya firma y ejecución manifestó no constarle nada. Y sin conocer esa póliza, concluye el juez, nada hay que hacer.