La jueza de Trives considera «rechazable» la judicialización de la política al archivar un asunto de O Bolo

p. seoane OURENSE / LA VOZ

O BOLO

LOLITA VÁZQUEZ

Censura que un concejal y el alcalde se enzarcen en una «trifulca» personal y pierdan su tiempo

04 jun 2017 . Actualizado a las 12:41 h.

El «fenómeno de la judicialización de la vida política y el uso del Derecho Penal como instrumento de confrontación» resulta «rechazable». Lo dice, así de rotundo, la jueza de Trives al decretar el archivo de una denuncia del concejal del PSOE en O Bolo, Juan Ferreira, contra el alcalde popular Manuel Corzo y contra una funcionaria. Un auto con fecha del pasado 25 de mayo no solo reafirma el sobreseimiento de la causa, sino que desautoriza la iniciativa. Existen otras vías de preferente aplicación, sin ir a la acción penal, aclara.

El denunciante decía que se le impedía el ejercicio de las labores de fiscalización y control, al denegársele el acceso a documentación. La jueza lo rechaza. El derecho a la información «no es absoluto, libre e incondicionado, ya que también debe valorarse hasta que punto esta información se ha efectuado de forma desproporcionada o con abuso de derecho, sobrepasando los límites del derecho que reconoce la Ley de Bases de Régimen Local». Es lo que ha ocurrido en este caso, dice, por las «peticiones masivas de información». Veinticinco preguntas en un solo pleno o la solicitud mensual de copia de todos los documentos que entren en el Concello de O Bolo, como pretendía, resultaría «tremendamente gravosa» para la administración local, con escasos medios materiales y personales, que podrían colapsar la oficina «en perjuicio de la gestión de otros intereses superiores».

Sobre el hecho de que no hubiera convocado el alcalde los plenos extraordinarios que el denunciante exigía, la jueza constata que solo figuraba en la petición la firma del propio interesado, por lo que «ningún ilícito penal ha existido al respecto», como defendía el abogado del regidor, Miguel Diéguez.

Tampoco la jueza aprecia delito alguno en los pretendidos insultos que el denunciante ve en distintas declaraciones e intervenciones plenarias del regidor de O Bolo, Manuel Corzo.

Exceso dialéctico

En relación con las supuestas injurias, la jueza considera que «deben considerarse imbuidas dentro del exceso dialéctico que caracteriza el lenguaje político, indeseable en todo caso, pero que se produce tanto por la parte del alcalde como por parte del concejal que formula la denuncia». Censura la resolución que los dos políticos llevan la «trifulca a un terreno eminentemente personal, en vez de aprovechar su tiempo en buscar puntos comunes en beneficio de los ciudadanos». En el ámbito de las injurias, razona la jueza, «no ha de barajarse el mismo criterio cundo se trata de una persona privada, que cuando se produce respeto de una persona que ostenta un cargo público, puesto que ha de tolerar una crítica más profunda de sus actuaciones y comportamientos», razona.