A un conductor reincidente le quitan el carné por una alcoholemia de 1,58

La Voz OURENSE

CUALEDRO

El implicado, un joven portugués de 30 años, fue sorprendido en Cualedro

13 feb 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El máximo permitido para conductores en general es de 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. El Código Penal sitúa en 0,60 el punto en el que pasa a ser delito. Vitor Manuel T. G. , un ciudadano portugués de 30 años que reside en Montalegre, llegó hasta 1,58 cuando los agentes de la Guardia Civil de Tráfico lo invitaron a someterse a una prueba de alcoholemia cuando circulaba por la carretera de  Xinzo a Cualedro a primera hora de la madrugada del 30 de abril del 2014. Acaba de ser condenado por un delito contra la seguridad del tráfico.

Veinte minutos después de estrenar la boquilla para soplar en el etilómetro, había repetido el acusado la operación y el resultado tampoco dejaba muchas dudas sobre su estado. En esa segunda ocasión bajó a 1,48 gramos. La intervención de la Guardia Civil, alertada por vecinos de Cualedro y usuarios de la carretera, había puesto fin a una situación de riesgo que ahora es objeto de castigo. El inculpado no asistió a la vista, por lo que, como la propia sentencia recoge, la jueza no pudo escuchar ni una mínima versión exculpatoria.

Alerta del vecinos y usuarios

Vecinos de Cualedro habían advertido la irregular conducción del acusado, alertando de la posibilidad de que estuviera borracho. Los agentes de la Guardia Civil del puesto de Cualedro requirieron, a su vez, la presencia de efectivos de la Agrupación de Tráfico de Verín. El habla pastosa, los ojos vidriosos y el fuerte olor a alcohol pusieron sobre aviso a los primeros. Los síntomas eran inequívocos, con aspecto cansado, rostro sudoroso y congestionado, rojeces en mejillas y nariz, ojos brillantes, pupilas dilatadas, halitosis alcohólica notoria a distancia y deambulación titubeante, según el detalle del informe de la Guardia Civil, que la jueza incorpora a la relación de hechos probados.

La alta tasa de alcoholemia que presentaba el acusado sitúa la conducción en un nivel de «altamente peligrosa», según las estimaciones que hace la DGT. En una publicación oficial de Tráfico se hace referencia a que, a partir de 1,50 gramos por litro de aire esperado cabe esperar como efectos del alcohol «graves problemas perceptivos y de atención, graves alteraciones de control y la coordinación motora, toma de decisiones gravemente afectada y comportamiento titubeante, impulsivo e impredecible», según ese detalle.

La condena, de 1.500 euros de multa, con dos años y seis meses de privación del derecho a conducir, añade la pérdida de vigencia del permiso de conducción.