Usurpar dos días la cuenta de Facebook de su exnovia le puede costar tres años de cárcel

p. seoane OURENSE / LA VOZ

CELANOVA

La fiscalía imputa revelación de secretos al presunto autor de la intromisión y a un amigo que colaboró

07 abr 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El abanico de posibilidades para delinquir en las redes sociales es amplio. No es necesario difundir fotos íntimas de alguna persona, o hacer comentarios de dudoso gusto que pueden acabar convertidos en calumnias o encajar en apartados del Código Penal que trascienden de la propia red. Basta con acceder a la cuenta de una exnovia en Facebook, cambiar las claves, manejarla de manera fraudulenta durante un par de días, invitar al cine a otra persona o comunicar la ausencia a un congreso haciéndose pasar por la legítima titular, para acabar imputado por un delito de revelación de secretos y enfrentarse, por ello, a una petición de tres años de prisión. Con la salvedad de que, además, no solo se juzga al presunto autor material, sino a un amigo que colaboró con él para que prosperara la maniobra.

En el Juzgado de lo Penal 2 se vio ayer un caso así. Los hechos, según el ministerio público, ocurrieron en septiembre del 2014. Sostiene que Iago V. S. accedió desde el ordenador personal de su domicilio a la cuenta de Facebook de su exnovia, con quien había roto pocos días antes. Acaso con el fin de dificultar el previsible rastreo posterior, desvió al teléfono móvil de un amigo -el también acusado José M. F.- la recepción de las claves para cambiar las contraseñas de acceso. El colaborador era «perfecto conocedor del plan urdido» por Iago, según la impresión de la fiscalía. El siguiente paso fue intervenir en las cuentas de correo electrónico de la perjudicada, que durante dos días no pudo acceder a su propio Facebook. Se vio privada, de acuerdo con los término que el ministerio público expone, de la posibilidad de deshacer las comunicaciones que ejecutaban los dos acusados.

Control absoluto y exclusivo

Teniendo Iago un «control absoluto, exclusivo y excluyente» de las cuentas de su exnovia, invitó al cine a un antiguo compañero de estudios de la legítima titular y también envió otro correo para comunicar a una persona ajena que no podría asistir en determinadas fechas a las prácticas de un congreso sobre patrimonio que se iba a celebrar en la villa de Celanova.

La situación se mantuvo durante dos días. Transcurrido ese tiempo pudo la afectada recuperar el control, ponerse en conocimiento con las personas a las que el supuesto usurpador se había dirigido y aclarar la situación.

Agravante de parentesco

La fiscalía considera que el proceder de Iago y José merece reproche penal, al entender que se cometió un delito de revelación de secretos. En el caso del primero, además, estima que es de aplicación la agravante de parentesco, dada la relación previa de carácter afectivo que habían mantenido el imputado y la víctima, hasta que esta última decidió romperla días antes.

La petición concreta que formula la fiscalía es de tres años de prisión, una pena que con carácter general acarrea el ingreso efectivo en prisión, con una multa de veinte meses a razón de seis euros diarios, es decir, 3.600 euros, para el primer acusado. La solicitud de condena para el segundo es de dos años de prisión, al no apreciar circunstancias modificativas agravantes, con una multa de 2.700 euros.