Un juzgado de Ourense reconoce el síndrome de sensibilidad química como accidente laboral

La Voz OURENSE

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Santi M. Amil

El juez corrige a la Xunta, que consideraba enfermedad común la de una trabajadora afectada por la mala ventilación de un local oficial

21 sep 2018 . Actualizado a las 15:49 h.

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Ourense ha reconocido el síndrome de sensibilidad química múltiple que padece una funcionaria de la Xunta de Galicia como accidente laboral, según informa el Tribunal Superior de Galicia.

 El magistrado considera acreditado que la demandante desarrolló la enfermedad en su lugar de trabajo, un edificio de oficinas de Ourense, debido al «contacto con los productos químicos del ambiente», por lo que ha anulado y revocado la resolución de la Consellería de Política Social de 16 de agosto de 2017 que declara que su baja se debe «a enfermedad común». 

La sentencia, según dice una nota del TSXG, le ha impuesto a la Xunta el pago de las costas. El fallo no es firme, pues puede interponerse recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. 

El «origen del problema», según indica la sentencia, de la que informado el TSXG, fueron las «limitaciones que presenta el centro de trabajo para ser ventilado de manera natural, sobre todo en ocasiones puntuales en las que se acumularon más agentes químicos y polvo en el aire», como cuando se reformó y pintó el inmueble o cuando se limpia con productos «que contienen lejía, amoníaco, etc.». El magistrado señala que hay otra trabajadora del edificio que padece «los mismos síntomas» y que «una parte del personal de las oficinas» ha protestado «por las molestias que genera el sistema del aire acondicionado».

El juez destaca en el fallo que los edificios de oficinas «herméticos, cuya ventilación es siempre artificial mediante sistemas de aire acondicionado», tienden a padecer el «síndrome del edificio enfermo», reconocido por la Organización Mundial de la Salud, y que genera a los trabajadores molestias «muy similares a las que comenzó a sufrir la demandante desde el año 2015».