Refrendo judicial a la regulación temporal de empleo en la Cámara de Comercio

p. s. ourense / la voz

OURENSE CIUDAD

Dos de los dieciocho trabajadores no están de acuerdo con el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE)

30 oct 2014 . Actualizado a las 04:55 h.

Dos de los dieciocho trabajadores de la Cámara de Comercio de Ourense no están de acuerdo con el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) de la Cámara de Comercio. Recurrieron al juzgado para dejar patente su posición de rechazo y reivindicar otra medida. Una sentencia del juzgado de lo Social número 1 de Ourense ha desestimado su recurso y refrendado, por consiguiente, la validez de una medida que se traduce en un recorte salarial muy significativo para los empleados de esta institución.

El coste del personal en los presupuestos de la Cámara de Comercio ascendió en el ejercicio económico del 2013 a un total de 585.000 euros, que, de haberse aplicado los recortes del ERTE, permitiría haber ahorrado 213.242 euros, es decir, un 36,45% del capítulo dedicado a personal.

Con ese ahorro anual, calculado sobre la base del ejercicio del 2013, el recorte salarial a los trabajadores de la Cámara se traducirá en un ahorro total de 284.000 en los dieciséis meses que se han dado sus responsables para intentar salir de la delicadísima situación en la que se encuentra, con un futuro incierto por el descenso del capítulo de ingresos.

El capítulo de personal es el más penalizado en las cuentas de la Cámara para este año y el 2015, según se puso de relieve en el procedimiento seguido en el juzgado de lo social. En apoyo de la medida de regulación temporal y reducción de jornada se estima que es compatible con el carácter presumiblemente coyuntural de pérdida de ingresos generado por la crisis, que una reducción de ingresos para todos los operadores del mercado, como se dice en un informe en apoyo de esa medida.

Se ha descartado, por otra parte, la extinción de puestos de trabajo, por la segmentación por departamentos de la actividad, que redundaría en una reducción de la potencial oferta de servicios. El pago de indemnizaciones obligaría a acudir a créditos externos, cuya obtención no se considera siquiera garantizada.