Condenan a Novagalicia Banco a devolver el dinero de subordinadas

M. V

OURENSE

12 feb 2013 . Actualizado a las 07:15 h.

El titular del juzgado de primera instancia número 3 de Ourense ha dado la razón a un particular que denunció a la entidad Novagalicia Banco por no haberle informado de manera clara sobre la contratación de obligaciones subordinadas.

La sentencia, la primera de este tipo que se dicta en Ourense, atiende a las razones del denunciante y condena a la entidad bancaria a devolverle el dinero invertido, 6.000 euros, más los intereses generados.

El demandande solicitó al juzgado la nulidad del contrato alegando un error en el consentimiento del documento por el cual se adquirían y posteriormente se canjeaban, las obligaciones subordinadas de Caixa Ourense por otras de Caixanova. Según el particular, la entidad bancaria no le informó de forma clara sobre el tipo de contrato que firmó, distinto del que había solicitado.

Tras estudiar el caso la magistrada determina que el perjudicado «firmó una solicitud de adhesión al canje de deuda subordinada creyendo que se trataba de un depósito ordinario». Aunque en el contrato aparecía la expresión «subordinadas», la ponente cree que en el momento de la firma, primero en 1996 y luego 2002, «eran términos desconocidos para todo el que no tuviera experiencia en el sector financiero».

Por todo ello, cuestiona el proceder de la entidad y anula el contrato de compra de subordinadas «por ser inadecuada y claramente insuficiente la información prestada por parte de la entidad demandada, quien inclumpiendo su deber legal de dar una información imparcial, clara y no engañosa, provocó un error invalidante del consentimiento emitido por el ahora demandante. La resolución no es firme.