La sentencia del juzgado de lo Contencioso de Ourense que anula el acuerdo municipal que determinó la expropiación forzosa del solar donde han comenzado las obras para la construcción del edificio judicial, susceptible de recurso al Tribunal Superior de Galicia, es consecuencia de la nulidad del PXOM. La resolución, con el fin de que estas obras puedan continuar con el debido soporte legal, obliga a una nueva tramitación, al amparo del ordenamiento urbanístico provisional que la Xunta dictó y que daría cobertura a esta actuación, según la interpretación de las administraciones local y autonómica.
La sentencia, al margen de este aspecto urbanístico formal, no ha despejado la atribución de presuntas irregularidades que los expropiados hacen sobre la gestión municipal. La jueza no llegó a entrar en el fondo.