IRPF: Diez claves del ajuste de cuentas con hacienda

MERCADOS

La campaña de la Renta 2014, que comienza este martes, incluye como principal novedad un trato favorable a los preferentistas. Se podrá presentar la declaración desde el primer día

05 abr 2015 . Actualizado a las 12:11 h.

Es la cita tributaria más importante del año para los contribuyentes y solo queda un día. La campaña del IRPF 2014 arranca el martes con algunas novedades de especial relevancia para los gallegos, ya que la Renta de este año incluye un tratamiento especial para que los afectados por participaciones preferentes o deuda subordinada puedan compensar pérdidas que estos instrumentos financieros les ocasionaron.

La Agencia Tributaria (AEAT) también contempla una micro amnistía fiscal para los emigrantes retornados que no declararon al fisco sus pensiones en el extranjero. Pero la batería de novedades no se agota aquí. Al igual que las claves que no se deben olvidar para cumplir sin sobresaltos el trámite con Hacienda, se detallan a continuación:

1. CALENDARIO.

Por primera vez la AEAT ha fijado una única fecha (a partir del martes 7) para que los contribuyentes puedan confirmar el borrador del IRPF y también presentar la declaración confeccionada con el programa PADRE a través de Internet. Esta medida -como subrayan los Técnicos de Hacienda (Gestha)- «supone un máximo adelanto para agilizar al máximo el ingreso de las devoluciones». De este modo, las fechas clave del calendario de la Renta son, además del martes 7, el 11 de mayo, cuando se abrirá el servicio de confección de declaraciones en las oficinas de la Agencia Tributaria y el plazo para presentar -tanto el borrador como la declaración- por vías distintas a Internet. El 25 de junio se cerrará el plazo para presentar el IRPF si sale a ingresar, con domiciliación bancaria del primer plazo de ingreso, mientras que el 30 del mismo mes concluye la campaña.

2 LÍMITES.

El lema de «Hacienda somos todos» incluye a todos los contribuyentes que tengan salarios superiores a 22.000 euros brutos anuales, si proceden de un único pagador, y a quienes ganan más de 11.200 si tienen más de un pagador y la suma de lo percibido del segundo y restantes excede los 1.500 euros al año. Quienes no sobrepasen estos umbrales no están obligados a declarar el IRPF. Pero cabe recordar que quienes hayan sido beneficiarios de subvenciones o ayudas -los ejemplos más comunes son el plan PIVE para comprar un vehículo o ayudas para vivienda- deberán declararlas.

3 ALIVIO A PREFERENTISTAS.

La propia Agencia Tributaria calificó este «trato especial» como la principal novedad de esta campaña. Y es que los más de 100.000 gallegos afectados por la comercialización de preferentes podrán compensar la pérdida de dinero que dichos instrumentos financieros les ocasionaron, gracias a la fórmula que Hacienda ha incluido en la declaración del IRPF de este año. La Renta permitirá equilibrar lo perdido -con anterioridad al 1 de enero del 2015- con cualquier renta positiva del ahorro. Si con las compensaciones de esta campaña aún quedase saldo negativo, el fisco permitirá seguir aplicando la misma fórmula en los cuatro ejercicios siguientes.

4 AMNISTÍA PARA PENSIONES DEL EXTRANJERO.

Junto con las preferentes, es un problema que ha golpeado especialmente a los gallegos que, en muchos casos, han recibido cuantiosas sanciones por no haber declarado -o hacerlo de forma incompleta- tras retornar a España las pensiones generadas en el extranjero. La presión social ha hecho que Hacienda incluya en el IRPF una «amnistía fiscal» -así la denominó días atrás el ministro Montoro- en el Congreso una fórmula que les permitirá regularizar voluntariamente su situación sin sanciones, recargos o intereses. Así, entre el 1 de enero y el 30 de junio -fecha de cierre de la campaña de la Renta- podrán regularizar mediante la presentación de declaraciones de IRPF (iniciales o complementarias) de los ejercicios no prescritos. Hasta marzo, lo habían solicitado más de 10.000 afectados, y otros tantos habían pedido la condonación de los intereses, recargos y sanciones que se les exigieron por dicho concepto.

5 PLANES DE PENSIONES.

Los Técnicos de Hacienda recuerdan que las personas que hayan realizado aportaciones a planes de pensiones deben revisar con detenimiento su declaración porque en los ejercicios fiscales del 2012, 2013 y 2014 han aumentado los tipos del Impuesto sobre la Renta desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales, dependiendo de los ingresos. Estas aportaciones, indican, no solo garantizarán unos ingresos al final de la vida laboral, sino también un ahorro fiscal desde un mínimo del 24,75?% hasta un máximo del 52?% de la inversión realizada, llegando al 56?% en el caso de Andalucía, Asturias y Cataluña.

6 DEDUCCIÓN POR VIVIENDA.

La fórmula estrella para abaratar la factura fiscal, es decir, la deducción por compra de vivienda habitual, solo sigue en vigor para quienes la hayan adquirido antes del 1 de enero del 2013. En lo que respecta al alquiler de vivienda habitual, en el 2014 se mantuvo la deducción estatal, aunque Gestha recuerda que desaparece para todos aquellos contratos de alquiler firmados a partir del 2015?(no afecta a las deducciones autonómicas). Los inquilinos, hasta ahora, podían deducir el 10,05?% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible fuera inferior a 24.107,20 euros anuales.

7 DACIÓN EN PAGO, EXENTA.

Desde enero del 2014 y en los ejercicios anteriores no prescritos, están exentas del pago de impuestos las ganancias obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del deudor o del garante del deudor siempre que sea a resultas de una dación en pago o en ejecución hipotecaria judicial o notarial. Entre los requisitos exigidos están que para ejecutar la cancelación, las deudas hayan sido contraídas con una entidad de crédito o equivalente, y que el propietario no disponga de otros bienes para toda la deuda.

8 ESPECULAR, PENALIZADO.

Desde el 2013 el IRPF penaliza las ganancias y pérdidas patrimoniales generadas en un año o menos. Tributan al tipo marginal, lo que en la práctica supone pagar más, pues su gravamen varía desde el 24,75?% al 52?%, e incluso el 56?% en Andalucía, Asturias o Cataluña. Las generadas en un plazo superior forman parte de la base del ahorro y tributan a tipos menores: del 21?% para plusvalías de hasta 6.000 euros; el 25?% entre los 6.000 y los 24.000 y del 27?% en adelante. Pero la reforma fiscal, de aplicación en la Renta del próximo año, devolverá todas las ganancias al tipo del ahorro.

9 TRABAJADORES EN EL EXTRANJERO, EXENTOS HASTA 60.100 EUROS.

Con la crisis obligando a las empresas a trabajar en el exterior, Gestha recuerda que pueden quedar exentos los rendimientos por trabajos en el extranjero, con un límite máximo de 60.100 euros anuales.

10 DESPIDO.

La indemnización por despido tributa de forma diferente si se produjo antes o después del 1 de agosto del 2014. En el primer caso, solo tributan si excede los 45 días o 33 que marca la ley. Desde el 1 de agosto, la indemnización tributará a partir de 180.000 euros.

Las claves

1. El plazo para declarar se abre el 7 de abril y concluirá el 25 de junio si sale a ingresar, o el 30 para el resto

2. La indemnización por despido a partir del 1 de agosto de 2014 tributará en lo que exceda de 180.000 euros

3. Preferentistas y emigrantes retornados tendrán un tratamiento especial en la campaña de la renta que comienza