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La flota arremete contra la norma que la castiga con la retirada de la licencia

E: Abuín REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

M. Moralejo

La patronal avisa: la «doble penalización» amenaza a 700 buques y 10.000 trabajadores

20 feb 2017 . Actualizado a las 07:38 h.

Cuando Bruselas lanzó su propuesta de reglamento para mejorar la transparencia y el control de las flotas de la UE que faenen fuera de aguas comunitarias, el sector pesquero español aplaudió, porque entendió que significaba extender al conjunto de los Veintiocho unos mecanismos de marcaje a los que Madrid ya tiene sometidos desde hace tiempo a los barcos que llevan su bandera. Sistema de verificación de licencias privadas, permisos temporales de pesca, autorización previa... Todo eso sonaba a viejo para la flota española, que bendijo que los 27 socios restantes probasen elementos del que está considerado como sistema de inspección y control más duro de la Unión Europea y de buena parte del extranjero.

Ocurre que dentro del texto había un regalo envenenado. Un castigo en forma de doble penalización que, según advierte la patronal de la pesca comunitaria, Europêche, amenaza a 700 embarcaciones que faenan en caladeros externos y que generan más de 10.000 puestos de trabajo. Y es que, según el reglamento, los barcos que en los doce meses anteriores hubieran cometido una infracción grave no podrán solicitar autorización de pesca para los doce siguientes. Esto es, «un año de paralización», apunta la patronal pesquera.

«Serio riesgo»

La flota trató de convencer al Parlamento Europeo de la barbaridad que suponía aprobar una medida que, a juicio de Europêche, «puede poner en serio riesgo la rentabilidad de empresas que realizan una actividad pesquera sostenible y socialmente responsable por cometer un solo error». Y aunque el ponente del informe, el gallego Francisco Millán Mon, trató de eliminar esa parte del articulado dado que, sostiene, «crearía una situación discriminatoria, y que no es de aplicación a la flota que faena dentro de las aguas de la Unión Europea», únicamente consiguió suavizar el impacto al lograr excluir a los operadores o armadores de una penalización que sí pueden recibir buque y capitán o patrón.

Doble penalización

Lo de doble penalización que denuncia Europêche viene porque el barco y su responsable estarán sujetos, no solo a las sanciones previstas por un lado en el reglamento de control y, por otro, en el de lucha contra la pesca ilegal, no regulada y no documentada (IUU, por sus siglas en inglés). En ambos textos se recogen importantes sanciones tanto económicas -el infractor se expone a una multa por el quíntuplo del valor de los productos de la pesca obtenidos con una infracción grave- como otras acciones de castigo que van desde el embargo del buque o su inmovilización temporal al decomiso de artes y capturas, la anulación o reducción de los derechos de pesca, la incapacitación para recibir ayudas públicas, la suspensión o retirada de la licencia para faenar e, incluso, la retirada del estatuto de operador.

Todas esas son comunes a la flota comunitaria, pero ahora, la de gran altura se expone a tener otra penalización más, como es la imposibilidad de obtener una autorización de pesca durante doce meses. «Esto significaría crear un doble estándar para infracciones similares», apunta Javier Garat, secretario general de la patronal española Cepesca y presidente de Europêche.

Falta de homogeneidad

Y ese problema de discriminación se ve agravado aún más por el hecho de que no existe homogeneidad en las regulaciones de los diferentes Estados miembros de la Unión Europea, lo que, según el criterio de Garat, «podría conducir a sanciones muy diferentes por la misma infracción basándose únicamente en la bandera del buque en cuestión. La UE debe garantizar que todos sus ciudadanos disfruten de los mismos derechos y obligaciones, no exacerbar las diferencias entre ellos», añade el presidente de Europêche.

Los barcos de gran altura se exponen a estar 12 meses sin autorización de pesca

No existe homogeneidad en las sanciones para la flota que faena en aguas de la UE

Europêche se encomienda a los trílogos para evitar que triunfen las oenegés radicales

Ni qué decir tiene que la votación en el Parlamento Europeo que se alineó con la Comisión para dejar pasar la doble penalización en el reglamento ha supuesto toda una decepción para la flota. «Es una pena que, una vez más, la Eurocámara haya votado influenciada por las oenegés más radicales y echado por tierra lo bueno que tienen el resto de artículos», apunta el secretario general de Cepesca. Ahora bien, no dan todo por perdido y esperan que en los trílogos entre Comisión, Consejo y Parlamento Europeo se alcance un compromiso político equilibrado y se elimine ese criterio.

Así funciona

Para pescar fuera de las aguas comunitarias, los barcos de la UE deben obtener una autorización del Estado miembro de su pabellón, ya vaya a operar este en el marco de un acuerdo de asociación pesquera sostenible, con una autorización de un tercer país en el marco de un pacto privado, o en el ámbito de una organización regional de pesca (ORP). El permiso, explica Europêche, se otorga cumpliendo una serie de requisitos comunes que han de ser comprobados por el Estado que la concede al menos una vez al año.