Vía libre al «top manta» en San Froilán

A. Mahía / X. Carreira LUGO

LUGO CIUDAD

Los manteros fueron perseguidos en Lugo por la policía.
Los manteros fueron perseguidos en Lugo por la policía. xosé Marra< / span>

Los jueces ya ni consideran falta vender artículos pirateados en las calles

21 feb 2015 . Actualizado a las 21:48 h.

Los manteros tienen vía libre para poder vender en Lugo durante las fiestas de San Froilán. La justicia no considera que ofrecer la mercancía pirateada sea una falta o un delito contra la propiedad industrial como venía sucediendo hasta hace muy poco. Numerosos vendedores fueron condenados en Lugo en los últimos años con un año de cárcel porque las fuerzas de seguridad los sorprendieron en la calle y les incautaron la mercancía, que en muchos casos, no se sabe dónde fue a parar.

El impedimento al top manta puede ejercerlo el Concello de Lugo amparándose en la normativa que impide la venta ambulante en la ciudad. La vulneración sería una cuestión administrativa, pero no, en cambio, de tipo penal.

La última sentencia absolutoria a un mantero fue rubricada por el juez responsable del Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña que absolvió a un senegalés para quien el fiscal pedía una condena por vender películas piratas en la calle Real de la capital herculina.

Además, la Sociedad General de Autores y la Asociación Española Fonográfica y Videográfica se presentaron como víctimas y reclamaban una indemnización de 2.400 euros a una persona que subsiste gracias a la venta de este tipo de producto.

Los hechos resueltos ahora datan del año 2007, cuando el vendedor fue localizado con un total de 170 deuvedés con películas grabadas sin la autorización de las empresas distribuidoras. El acusado, dice el fallo, conocía que las cintas estaban falsificadas.

El perjuicio ocasionado a la SGAE fue calculado en base a un porcentaje de 20 euros por cinta. El juez dice que los hechos probados no son constitutivos de un delito contra la propiedad intelectual, y en este sentido hace referencia a una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona en la que el ponente dice que para evitar este tipo de conductas la lucha no pasa por la aplicación del derecho penal sino por aplicar normas de orden público que impidan este tipo de ventas. Recordaba el fallo que las personas que realizaban las ventas solo buscaban una manera de ganarse la vida ante la imposibilidad de conseguir otros medios más adecuados.

Lo que dice el Supremo

El magistrado herculino también recuerda en su sentencia que el Tribunal Supremo dice que «para determinar en qué casos habrá de acudirse al derecho penal y qué conductas serán merecedoras de una mera sanción administrativa, ha de partirse del principio de intervención mínima que debe informar el derecho penal en un moderno estado de derecho; solo ante los ataques más intolerables será legítimo el recurso del derecho penal».

La SGAE cede y dice que no perseguirá la venta

La Sociedad General de Autores de España (SGAE), a la vista de los fallos judiciales, decidió no perseguir a los manteros. No recurrirá a la Justicia como perjudicada a pesar de que consideran que los daños que ocasionan al sector son muy elevados. Desde hace tiempo el colectivo, que mantiene un gran control sobre la utilización de música en los bares y otros establecimientos y también en las verbenas, no ejercita ningún tipo de acción en los juicios a manteros. Fuentes de la SGAE indicaron que en ocasiones es la fiscalía la que los incluye en sus escritos como perjudicados. Consideran que son las mafias de la industria pirata las que han de ser perseguidas. La situación no agrada, ni mucho menos, a los comerciantes que consideran que los manteros ejercen una competencia totalmente desleal. «No pagan impuestos y les dejan vender», dijo ayer una empresaria luguesa.

Realidades

Un comerciante que lucha contra viento y marea, sobre todo en tiempos de crisis, por mantener su negocio y no echar el cierre puede sentirse molesto ante quienes ofrecen, a precios mucho más baratos, mercancías que suponen competencia directa. Pero esos teóricos competidores no son fabricantes ni atraen a los clientes con grandes campañas de márketing. Son solo un eslabón, el más conocido y el más débil, de una compleja cadena.

«La venta callejera es el último eslabón del comercio ilegal», dice un juez

El juez coruñés Raimundo San Adrián advierte que el problema no está en quienes venden en la calle, sino en quien produce en masa. En este sentido, amparándose en la doctrina del Supremo, dice que «solo las conductas más graves como la reproducción en masa de la obra artística amparada por el derecho, o su distribución en grandes cantidades pueden configurar delito». Añade que «la venta callejera es el último eslabón del comercio ilegal y no tiene la entidad suficiente para justificar la actuación del Derecho Penal».