De Lara rechaza un recurso de Vendex y dice que no puede ser ágil si le presentan alegaciones repetidas

LUGO

OSCAR CELA

La magistrada de la Pokémon advierte que las actuaciones de Vigilancia Aduanera son totalmente legales porque sus agentes tienen plenas competencias para investigar

20 oct 2015 . Actualizado a las 18:34 h.

La jueza de Lara rechazó un recurso de Vendex, la empresa sobre la cual gira una presunta trama de adjudicaciones irregulares en Galicia y otras ciudades españolas, que pedía la anulación de las investigaciones llevadas a cabo por los agentes de Vigilancia Aduanera por entender que no tenían competencias para ello. La instructora dice que no es así, que pueden investigar este tipo de delito y en un auto de más de treinta folios, que ya conocen las partes, advierte que es un contrasentido que, por un lado, le pidan agilidad y por otro, le presenten recursos por cuestiones resueltas.

La magistrada es muy crítica con los abogados de la empresa que interpusieron el recurso. «En primer término conviene señalar la extralimitación en la que ha incurrido Vendex al recurrir la providencia dictada, dado que la impugnación excede del objeto de la resolución judicial recurrida y aprovecha fraudulentamente el recurso para incluir en el debate procesal cuestiones diversas que el recurrente debiera de haber formulado en su momento y por la vía procesal oportuna», significa. Añade además: «Resulta más que sorprendente que el letrado de Vendex cuestione, en este momento, la competencia y capacidad funcional de Vigilancia Aduanera, que viene actuando a lo largo del procedimiento desde sus inicios, tal y como consta en la causa y en las múltiples resoluciones que se han ido dictando, así como en los atestados e informes presentados. Carece por tanto de sentido que Vendex impugne, precisamente ahora, esta encomienda y la anterior completa actividad del cuerpo de Vigilancia Aduanera, utilizando la vía del recurso de reforma contra una resolución judicial en la que se ordena al mismo cuerpo policial que ha venido actuando a lo largo de todo el procedimiento la emisión de dos informes bien concretos, salvo que se pretenda utilizar esta vía impugnatoria con carácter fraudulento».

En otros párrafos del auto recuerda que el recurrente se limita a invocar de forma genérica «y sin precisión alguna, la existencia de causa de nulidad de pleno derecho acudiendo al manido y recurrente artículo 24 de la Constitución Española, sin explicar ni concretar qué derecho concreto se ha vulnerado con la providencia impugnada ni de qué forma le afecta a su derecho de defensa». Recuerda que estas argumentaciones ya serían motivo más que suficiente para rechazar el recurso, sin embargo entra en aguas más profundas a medida que avanza su auto.

De Lara recuerda al recurrente y a los abogados que se adhirieron al recurso de Vendex que la misma cuestión que plantean ya la hizo en su momento la representación del exconcejal lucense y expresidente de la Confederación Hidrográfica Miño Sil, detenido en la operación, quien ya presentó la misma solicitud ante la Audiencia Provincial de Lugo y el alto tribunal resolvió que Aduanas tenía competencia de investigación. «No tiene sentido alguno el reproducir de nuevo su planteamiento (se refiere a la Audiencia) so riesgo de pretender dilatar las actuaciones, colapsando el juzgado con recursos, incluso como es el caso de autos, absolutamente inmotivados, lo que supone un contrasentido cuando públicamente se está reclamando agilidad, exigencia de encaje con el hecho de que el juez tenga que reservar buena parte de sus energías a decidir sobre este tipo de impugnaciones que ya fueron planteadas y constan resueltas en la causa». Seguidamente explica pormenorizadamente por qué los agentes de Vigilancia Aduanera pueden investigar.