El Juzgado de Instrucción número 2 de Vilalba ha acordado que se devuelva a dos personas lo invertido en preferentes y subordinadas de la desaparecida Caixanova, entidad que pasó a formar parte de Novacaixagalicia, en sendas operaciones que se cerraron en los años 2006 y 2008.
La titular del juzgado, Almudena Caneiro, considera probado, tal como se recoge en la sentencia, que los responsables de la citada entidad no explicaron a los compradores «las características» o «los riesgos» de esos productos financieros, ni los advirtieron de posibles pérdidas. Sí se establece, en cambio, que quienes acabaron suscribiendo esos contratos no habían recibido información «precisa, suficiente y entregada a tiempo». Por otro lado, testigos que declararon en el juicio manifestaron que el perfil de los demandantes respondía al de personas que en una operación financiera buscaban fundamentalmente «productos seguros y con liquidez».
«Nulidad radical»
En este caso, en el que los demandantes fueron representados por el bufete vilalbés Airado y Bello, se sostiene que al no haberse sido «debidamente informados» los solicitantes de información sobre ambos productos financieros, cabe admitir la «nulidad radical» de los contratos por «vulneración de normas imperativas».