La jueza cree que puede investigar si delinquió el exdirector de la Cámara

Xosé Carreira LUGO / LA VOZ

LUGO

ALBERTO LÓPEZ

El TSXG revisará si la magistrada pudo incurrir en prevaricación

25 oct 2014 . Actualizado a las 05:01 h.

La titular del Juzgado de Instrucción número 2 Sandra Piñeiro acordó deducir testimonio para que se determine si pudo haber cometido un delito de prevaricación en relación con la querella presentada en su día por la Cámara de Comercio de Lugo contra el exdirector y asesor legal de la misma, Alberto Fernández Piñeiro. La magistrada tomó esta decisión, según explicaron ayer fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, como consecuencia de un escrito presentado por el exdirigente de la organización cameral en el que, en calidad de abogado, reclamaba a la jueza que acatase un auto de la Audiencia Provincial ya que, de no hacerlo, podría estar cometiendo una desobediencia, lo que podría suponer además un delito de prevaricación.

La acción del abogado supuso que la magistrada optase por una deducción de testimonio, lo que provocó la apertura de unas diligencias que fueron al juzgado decano para reparto y que finalmente correspondieron al Juzgado de Instrucción número 1.

Como ya se indicó ayer, la jueza Pilar de Lara hizo frente a las mismas y, después de tomar declaración a Alberto Fernández Piñeiro, en calidad de afectado por la querella, optó por remitir las diligencias al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia porque todo lo relativo a la actuación de un juez ha de ser abordado por la alta institución judicial gallega.

Fuentes del TSXG hicieron ayer diversas apreciaciones jurídicas relativas a todo el proceso que comenzó en el mes de mayo del año 2012 cuando la Cámara presentó la querella contra el exdirector general por un presunto delito de falsedad. El afectado interpuso recurso por la admisión de la misma porque entiende que debería existir un acuerdo plenario del organismo de los comerciantes para dar semejante paso. No lo hubo y quien lo decidió dar fue la junta la comisión ejecutiva. Fernández Piñeiro recurrió a la Audiencia por entender que se trataba de un paso irregular.

La decisión del alto tribunal provoca distintas interpretaciones. Por un lado está la del afectado, que considera que fue anulada la presentación de la querella y por lo tanto la jueza ha de abstenerse de llevar a cabo trámites con respecto a la misma so pena de incurrir en desobediencia e incluso prevaricación. Por otro, la interpretación que da la magistrada.

Según el TSXG, lo que considera la instructora es que la Audiencia revoca la admisión de la querella de la Cámara y por lo tanto esta no puede estar como acusación. Entiende también la magistrada que el alto tribunal lucense no ordena el archivo de la querella.

Tras la decisión de la Audiencia, la magistrada Sandra Piñeiro da traslado a las partes (al fiscal y al exdirector de la Cámara) de una providencia en la que dice que hay una serie de diligencias ya realizadas y pedía al Ministerio Público y al afectado un pronunciamiento especialmente después del auto de la Audiencia.

Valoración del fiscal

El fiscal, indicaron fuentes del alto tribunal gallego, entendió que aún no siendo posible la admisión de la querella, en la misma se exponían cuestiones que podían ser constitutivas de algún delito de carácter público y encargó a la jueza la práctica de diligencias, lo que aceptó esta.

A posteriori, Sandra Piñeiro elaboró un auto en el que expuso sus razonamientos para mantener la investigación aún cuando estuviese revocada la admisión de la querella. La jueza entiende que esa decisión no impide que los hechos expuestos puedan ser investigados.

Fuentes judiciales apuntaron que Fernández Piñeiro no recurrió en ningún momento ese auto de la jueza. Si lo hizo, en cambio, a la aceptación de la polémica querella presentada desde la Cámara, posiblemente para paralizar una sentencia que estaba pendiente en el ámbito laboral. De hecho, el exdirector de la entidad lleva dos años esperando a que decidan si su despido es nulo, como así reclama o si se ajusta a la ley. El afectado considera que la situación le está ocasionando grandes perjuicios.