El escocés que arrasó la placa franquista de Negueira llevará el caso al Constitucional

Laura López LUGO / LA VOZ

LUGO

MANUEL

La Audiencia ratificó la sentencia de A Fonsagrada, que condena a Clifford Torrents a pagar 434 euros

12 dic 2013 . Actualizado a las 06:58 h.

La Audiencia de Lugo ha ratificado la sentencia del Juzgado de Instrucción de A Fonsagrada que condenó a Clifford Torrents Colman a pagar 434,28 euros por romper una placa franquista en el municipio de Negueira de Muñiz. Este hombre, que reside en Ouviaño desde hace unos cuatro años, ha anunciado que llevará el caso al Tribunal Constitucional para reclamar su absolución. Si no lo logra, apelará a Estrasburgo.

La historia se remonta a julio del 2011, cuando Cliff, según consta en la sentencia, se acercó a la fuente pública de Ouviaño y rompió una placa conmemorativa en la que rezaba: «Reinando Francisco Franco y siendo alcalde D. José M. López, se inauguró esta el día 24-5-53». Dice que lo hizo después de haber hablado de ello con el alcalde, el socialista José Manuel Braña, aunque este lo niega. De hecho, lo denunció y comenzó así este proceso judicial que, por ahora, no termina.

La sentencia, a pesar de que condena a Clifford (50 euros de multa y el abono de 384,28 euros al Concello por el valor de la placa), reconoce que las Administraciones públicas deben tomar «las medidas oportunas» para retirar los objetos conmemorativos de exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura, aunque matiza que los ciudadanos no pueden hacerlo por sí mismos. También repara en que Clifford apenas habla castellano o gallego, por lo que pudo haber un malentendido en su conversación con el regidor.

En cualquier caso, el escocés afirma rotundo que no aceptará ningún tipo de sanción, por pequeña que sea, porque «en ninguna nación civilizada un objeto ilegal disfruta de protección judicial, y en ninguna nación civilizada el propietario de un objeto ilegal reclamaría recompensa por su pérdida», afirma.

Clifford considera este proceso «un sinsentido que ha estado gastando mi tiempo en los últimos dos años y medio». Explica que lo que hizo fue eliminar «un símbolo ilegal» y que su acción estaba amparada por una autorización municipal y por la propia ley de memoria histórica.

También explica que no cree que deba indemnizar al Concello por una insignia que ya debía retirar: «Su valor era negativo», por lo que considera que ahorró dinero al Ayuntamiento y lo recondujo por la vía de la legalidad. También cita la Convención Europea de Derechos Humanos: «No hay pena sin ley. Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el derecho».