FCC no devolverá dinero por tardar en empezar la recogida con cubos

Carlos Cortés
carlos cortés MONFORTE / LA VOZ

LEMOS

El Ayuntamiento le reclamaba 182.000 euros por nueve meses de retraso

25 abr 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

La empresa concesionaria del servicio de recogida de basura no tendrá que devolver ni un euro al Ayuntamiento por el tiempo que tardó en implantar la recogida con cubos. Lo dice la sentencia que zanja el contencioso abierto después de que los responsables municipales decidiesen reclamar formalmente a FCC 182.000 euros, la diferencia estimada de coste entre el sistema anterior y el nuevo durante los nueves meses que la empresa siguió recogiendo con contenedores desde que asumió el servicio.

La sentencia la hizo pública ayer la primera teniente de alcalde, María Xosé Vega. Contra lo que cabría suponer, no se lamentó expresamente por este revés judicial, sino que lo aprovechó para criticar a PP y PSOE. Fueron las fuerzas que forman la oposición municipal las que hicieron valer su mayoría en la corporación para empujar al gobierno local a reclamarle a FCC este dinero. El PSOE presentó una moción en este sentido y el PP la respaldó, según se encargó de recalcar ayer Vega. «Querémolo anunciar nós -ironizó la primera teniente de alcalde- antes de que alguén diga que non lles reclamamos ás empresas concesionarias ou que actuamos con pasotismo».

La notificación de la sentencia llegó al Ayuntamiento el día 22. El plazo para presentar un recurso, que tendría que ser resuelto en el Tribunal Superior de Galicia, es de quince días a contar desde la fecha de notificación. El gobierno local todavía no ha decidido si lo presenta. «Os técnicos estano mirando e veremos se recomendan recorrer ou non», apuntó Vega.

Lo decía el cronograma

La sentencia falla a favor de FCC fundamentalmente porque la empresa presentó en su momento en el Ayuntamiento un cronograma en el que se da trescientos días para la sustitución total de la recogida mediante contenedores por la de cubos que está vigente actualmente.

El Ayuntamiento alegaba a su favor que el pliego de condiciones del concurso de adjudicación establecía que la nueva concesionaria tenía que cumplir con su contrato desde el primer día, pero el fallo, dictado por el juzgado de lo contencioso administrativo número dos de Lugo, recuerda que nadie en el Ayuntamiento puso ningún pero al cronograma y que su presentación también era un requisito establecido en el pliego de condiciones.