Más de 2.000 profesores podrán cambiar de centro para conciliar

Tamara Montero
tamara montero SANTIAGO / LA VOZ

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Más de un millar son interinos y sustitutos, que pueden participar por primera vez

02 ago 2017 . Actualizado a las 17:53 h.

Un profesor de secundaria tiene un hijo de dos años. Vive en Santiago. Pero su plaza está en un instituto de A Coruña. Así que decide pedir una comisión de servicios en un centro que esté cerca de su lugar de residencia para poder conciliar la vida familiar y laboral. Hasta este año, ese profesor era, con toda seguridad, funcionario. Ahora también puede ser interino.

La decisión de la Xunta de incluir a este colectivo docente como beneficiario de las conocidas como concilia ha sido acogida con entusiasmo por estos docentes. Más de 1.500 interinos y sustitutos solicitaron una comisión de servicios para el próximo curso. La Administración autonómica ha dado el visto bueno a casi nueve de cada diez peticiones. Un total de 1.354 han sido aprobadas.

El entusiasmo es tal que más de 60 % de las solicitudes aprobadas para conciliación de la vida familiar y laboral corresponden a profesores que no tienen plaza de funcionario. Porque en total, la Xunta ha dicho que sí a poco más de dos mil profesores. Son el 88 % de las peticiones que se han realizado para el próximo curso.

La mayoría son docentes de secundaria, con 1.360 solicitudes aprobadas frente a las 686 de educación primaria. Ahora, esos profesores podrán realizar su labor en una plaza disponible en un centro cercano a su lugar de residencia. Podrán disfrutar de esa comisión de servicios durante un curso académico, aunque es prorrogable si el docente lo solicita y si sigue cumpliendo los requisitos para acogerse a esta medida. 

Menores de cuatro años

La edad de los hijos es lo que marca la posibilidad de acogerse a una comisión de servicios de conciliación. Si el docente que lo pide tiene un solo hijo, este tiene que ser menor de cuatro años, a no ser que se trate de una familia monoparental. En ese caso, la edad del pequeño tiene que estar por debajo de seis años. Si son dos los hijos a cargo, deben ser menores de seis años -ocho para familias monoparentales- mientras que en el caso de tener tres hijos, no deben superar los doce años de edad, catorce en el caso de que solo haya un progenitor. Si ambos padres son funcionarios docentes, solo uno puede solicitar la concilia. También se puede pedir en caso de existir un embarazo que llegue a término antes del mes de marzo del año siguiente a la petición de la comisión.

Los profesores deben de tener destino, si es el caso, a más de 60 kilómetros de distancia del domicilio familiar. La solicitud debe incluir en primer lugar los centros escolares del núcleo en el que vivan o los más cercanos en los que pueda haber plazas de la especialidad del profesor. También se puede añadir otros centros de manera voluntaria, pero siempre teniendo en cuenta que hay que dar prioridad a los colegios de su localidad y los que estén en un radio inferior a los 20 kilómetros de distancia. 

Antigüedad

A la hora de adjudicar los destinos, la consellería se había comprometido con los sindicatos a hacerlo por colectivos (es decir, funcionarios de carrera, en prácticas e interinos). Tendrán prioridad aquellos profesores que tengan tres hijos a su cargo, luego los de dos y después los que tienen tan solo un pequeño que no haya cumplido los 4 años de edad. En el caso de empates -por ejemplo, dos profesores de secundaria con dos pequeños a su cargo- se decidirá teniendo en cuenta en primer lugar ser un único progenitor. Después, se valorará la antigüedad como funcionario, la antigüedad en el centro y la puntuación que se haya obtenido en las oposiciones, por ese orden.

Las comisiones de servicios por motivos de salud tienen preferencia sobre las otras

También hay que tener en cuenta que las comisiones por motivo de salud tienen prioridad sobre aquellas que se otorguen por motivos de conciliación. Este tipo de comisiones se pueden pedir en caso de que el docente esté aquejado de una dolencia que no implique una incapacidad permanente o si su cónyuge o un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad sufre una enfermedad grave y no haya posibilidad de tratamiento adecuado en la localidad de destino. Esta última situación, de manera excepcional, se puede aplicar también a familiares de segundo grado cuando no haya parientes de primer grado.

Lo que no aceptó la Xunta es otorgar a los funcionarios en prácticas que nunca hayan trabajado para la Administración un plazo especial tras la celebración de las oposiciones para que pudiesen optar también a esta comisión de servicios. También rechazó la puesta en marcha de un concursillo semejante al que se organiza en comunidades como Aragón o Castilla y León y que permite a los docentes con pocas posibilidades de movilidad (porque su especialidad tiene pocas plazas) obtener una plaza provisional cerca de su hogar.