Los planes de prevención penal de las empresas apenas avanzan en Galicia

alberto mahía A CORUÑA / LA VOZ

GALICIA

Alberto Mahía / Senén Rouco

El Código Penal exige a las sociedades un programa para evitar la comisión de delitos

31 jul 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Pese a ser un beneficio, tanto para un taller con dos empleados como para una gran industria con mil, dos años después de la entrada en vigor del nuevo Código Penal, la mayoría del empresariado gallego, como el del resto del país, trabaja sin un plan de prevención penal. Solo las grandes firmas lo han implantado. Carecer de ese programa no solo puede abocar a la empresa a su desaparición en caso de que en su seno se cometa un delito sino que además no podrá tener relaciones comerciales con la mayoría de los países occidentales y sus factorías, ni optar a un contrato público. Porque ahora las Administraciones lo exigen a las sociedades que opten a un concurso.

La Voz reunió a cuatro expertos para hablar sobre el tema. La primera pincelada la dio Alejandro Morán Llordén, magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia de A Coruña: «La última reforma del Código Penal, además de introducir la responsabilidad penal de las personas jurídicas que pueden resultar condenadas por los delitos cometidos por personas físicas a ellas vinculadas, establece como causa de exclusión de esa responsabilidad la adopción y ejecución de modelos de organización y gestión que permitan a las empresas prevenir, o al menos reducir de forma significativa, la comisión de delitos en su seno». Es decir, que «toda empresa debe confeccionar un plan de prevención que reúna una serie de pautas o de reglas de control interno y externo que eviten que haya conductas delictivas», apunta el abogado de la consultora gallega Complianza, Rubén Veiga.

El fiscal de delitos económicos de la Fiscalía Provincial de A Coruña, Juan Antonio Frago, explica lo que supone tener el plan de prevención: «El legislador le ha dado a ese programa la condición de eximente. Es decir, que si en la empresa se comete un delito y dicha sociedad previamente cuenta con esos planes implementados, se eliminará de pena a la empresa». Para comprenderlo, basta un ejemplo. Imaginemos que un empleado de una empresa química tira bidones a un río. Eso lo convierte en culpable de un delito contra el medio ambiente. Hasta hace unos años, la Justicia solo iba contra el trabajador infractor. Ahora ya no, también sentará en el banquillo a la propia empresa. Si cuenta con un plan de prevención y demuestra que hizo todo lo posible para que se cumpliera, la sociedad será librada de toda culpa. Será exculpada o, en el peor de los casos, le servirá de atenuante. Pero si no lo tiene, el castigo podrá ser muy duro, llegando incluso a la disolución de la empresa.

El empresariado lo ve positivo, si bien lamenta el gasto que supone para las pymes

¿Qué opinan los emprendedores? Pues para Jaime López, secretario general de la Confederación de Empresarios de Galicia (CEG), «todo lo que sea buscar un circuito que suponga prevenir una actuación delictiva, lo tenemos que ver como algo positivo». Eso sí, «tenemos que tener en cuenta el tejido empresarial español o gallego, donde nos encontramos con muchas empresas pequeñas. Vemos muy difícil implicar a este tejido empresarial en un asunto tan complejo y costoso que no deja de ser una carga más».

El fiscal le recuerda que en Estados Unidos «no sales a bolsa si no tienes un plan, y en Europa se impondrá lo mismo. En cuanto a lo del gasto, también son gastos tener cascos y arneses en las obras y nadie lo pone en entredicho». El abogado Rubén Veiga añade que «supone estar dentro o fuera del mercado. La empresa gallega es sinónimo de calidad, y si queremos externalizar, muchos países exigen esos planes».

El empresario Jaime López está de acuerdo, si bien incide en que «se debería de avanzar también en el procedimiento concursal. En Estados Unidos, el fracaso empresarial está premiado. Pueden tener una segunda oportunidad. Igual que incrementamos los niveles de garantía para evitar delitos, pues también deberíamos ayudar al empresario que fracasó a salir adelante y no por haber fracasado sea un delincuente con una deuda casi de por vida. Si avanzamos siguiendo el camino anglosajón, que sea en todo, No solo en garantías, sino también en las oportunidades».

Las Administraciones públicas lo exigen para optar a adjudicaciones

Los expertos destacan que las grandes economías piden el plan para poder trabajar con ellas

a. m.

Los juristas y el empresario reunidos por La Voz de Galicia responden a las principales dudas que plantea la obligatoria implementación del plan de prevención o, según su nombre en inglés, compliance penal. 

¿Es obligatorio para todas las sociedades?

El letrado Rubén Veiga recuerda que el artículo 31 bis ya plasma que el plan de prevención lo debe tener cualquier administración empresarial. Sea grande, mediana o pequeña. 

¿Se exige lo mismo a una pequeña que a una gran empresa?

El propio juez no va a exigir lo mismo o un plan tan exhaustivo a una pyme que a una empresa cotizada. Rige la proporcionalidad atendiendo al tipo de empresa, añade Veiga. El magistrado Alejandro Morán lo explica con un ejemplo, una sentencia del Supremo que atenúa la condena a una mercantil al estimar que el daño que se haría a los trabajadores, cerrándola, sería mucho mayor. El empresario Jaime López aplaude que los jueces tengan en cuenta el tamaño de la empresa a la hora de someterla a un proceso. «Tiene que haber sensibilización y formación, contando con la fiscalía y la judicatura», dice. 

¿La mera presentación de un plan exime a las empresas?

No, tiene que ser efectivo. No sirven los planes de paja. Hay que poner unos medios económicos y humanos para que esta política y ética profesional llegue a toda la empresa, afirma Rubén Veiga. El fiscal Frago denuncia la «aparición de planes de copia y pega». 

¿Deben las sociedades contar con un oficial de cumplimiento?

Las grandes empresas sí. Y con un equipo multidisciplinar. En cambio, se supone que las pymes recurrirán a despachos externalizados como apoyo. 

¿Se puede optar a un concurso público sin tener el plan?

Ahora, en los pliegos de condiciones se empieza a exigir. Además, según destaca Frago, «surgen problemas para muchas empresas que quieren operar en otra comunidad y se encuentran con una legislación en urbanismo o medio ambiente distinta. Están obligadas a adaptar el plan a la legislación autonómica donde deseen operar. Por otro lado, hay empresas grandes que están empezando a pedir a sus proveedores que tengan implementados dichos planes. 

¿Se puede comercializar o trabajar en el extranjero sin «compliance» penal?

Las grandes economías lo exigen. 

¿El dueño de un taller con dos empleados tiene que afrontar ese gasto?

Sí. Desde el mismo momento en el que todo trabajador a su cargo pueda cometer un delito de los contemplados en el Código Penal para esta materia y que se ven afectos a la actividad de la empresa. El empresario debe prevenir prever cualquier contingencia, a mayores de los riesgos de reputación que se derivarían.